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AS/0810/2021-RRC

Tribunal Supremo de Justicia
21 de septiembre de 2021PenalMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Infundado

La parte recurrente denuncia la vulneración al debido proceso en su elemento fundamentación y la tutela judicial efectiva, argumentando que el Auto de Vista no consideró los agravios denunciados en el recurso de apelación restringida, referidos a la Mala valoración de la prueba tanto documental como...

Proceso
Uso de Instrumento Falsificado
Sala
Penal
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 810/2021-RRC

Sucre, 21 de septiembre de 2021

Expediente : La Paz 120/2020

Parte Acusadora : Ministerio Público y Banco Central de Bolivia

Parte Acusada : Claudia Esther Martínez Pacheco

Delito : Uso de Instrumento Falsificado

Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa

RESULTANDO

Por memorial presentado el 22 de septiembre de 2020, cursante de fs. 90 a 91 vta, Claudia Esther Martínez Pacheco interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista N° 42/2020 de 14 de julio, de fs. 81 a 84, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Banco Central de Bolivia contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por el art. 203 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia: Por Sentencia N° 88/2019 de 12 de febrero (fs. 35 a 37), la Juez de Instrucción Penal Tercero de la ciudad de La Paz, acepta la salida alternativa de procedimiento abreviado, condenando a Claudia Esther Martínez Pacheco como autora de la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por el art. 203 del CP, imponiéndole la pena de privación de libertad de 3 años, más costas a favor del Estado.

Auto de Vista: Contra la mencionada Sentencia, Claudia Esther Martínez Pacheco formuló recurso de apelación restringida (fs. 40 a 48), resuelto por Auto de Vista N° 42/2020 de 14 de julio (fs. 81 a 84), pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó el recurso planteado.

II.- IDENTIFICACION DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación y conforme lo dispuesto en el Auto Supremo N° 709/2020-RA de 9 de noviembre, se extrae el siguiente motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

Vulneración del derecho al debido proceso en su elemento fundamentación y la tutela judicial efectiva, debido a que el Auto de Vista no consideró los agravios denunciados en el recurso de apelación restringida, referidos a: 1) Mala valoración de la prueba tanto documental como testifical; 2) Violación del principio de inocencia, derechos y garantías constitucionales; 3) Falta de fundamentación de la Sentencia, conforme los previsto en los arts. 370 núm. 5, 124, 398 del CPP y arts. 119 de la CPE y 8 del Pacto de San José de Costa Rica.

III.- FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES JURISPRUDENCIALES RELACIONADOS A LOS MOTIVOS CASACIONALES

Admitido el recurso de casación interpuesto por Claudia Esther Martínez Pacheco, e identificado el motivo denunciado y admitido para su análisis de fondo, corresponde efectuar las siguientes consideraciones de orden legal y doctrinal.

III.1. Sobre el debido proceso en sus elementos congruencia y fundamentación de las resoluciones.

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Máxima

DEBIDO PROCESO/ Es un principio legal por el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitir la oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones legítimas frente al juez o tribunal, quienes deben observar los derechos fundamentales de las partes, principios y reglas esenciales exigibles dentro del proceso como instrumento de tutela de los derechos subjetivos.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Banco Central de Bolivia
Demandado
Claudia Esther Martínez Pacheco
Proceso
Uso de Instrumento Falsificado
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Auto Supremo 353/2013-RRC de 27 de diciembre. Auto Supremo 630/2016-RRC de 23 de agosto.

Tribunal Supremo de Justicia21 de septiembre de 2021AS/0810/2021-RRCFuente oficial