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TSJReiteradora

AS/0810/2022

Tribunal Supremo de Justicia
5 de diciembre de 2022Social 1eraMag. José Antonio Revilla Martinez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva

La empresa recurrente señala que en el Auto de Vista impugnado se incurrió en error de valoración y fundamentación en cuanto al incremento salarial realizado al trabajador conforme la norma establecida.

Proceso
Pago de beneficios sociales y otros derechos laborales
Sala
Social 1era
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 810

Sucre, 5 de diciembre de 2022

Expediente: 620/2022-S

Demandante: Pascual Cabello Poiqui

Demandado: Empresa “LOGISTRUCKS SERVICE SRL”

Proceso: Pago de beneficios sociales y otros derechos laborales

Departamento: Santa Cruz

Magistrado Relator: Lic. José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 119 respectivamente, interpuesto por la empresa LOGITRUCKS SERVICE SRL”, representada por Marcelo Augusto Fiorilo Zelaya en su condición de Gerente General de la empresa, contra el Auto de Vista N° 137/22 de 11 de agosto de 2022 de fs. 109 a 112, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de pago de beneficios sociales y otros derechos, promovido por Pascual Cabello Poiqui, contra la empresa LOGITRUCKS SERVICE SRL, el Auto Nº 124/2022 de 03 de octubre de 2022 de fs. 124., que concedió el recurso; el Auto de 28 de noviembre de 2022 de fs. 133 que admitió el recurso y todo cuanto ver convino:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia:

Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y otros derechos laborales por Pascual Cabello Poiqui; y tramitado el proceso, la Juez segundo de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 75 de 10 de septiembre de 2021 de fs. 81 a 85, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 8 a 10, con costas; disponiendo que la empresa demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs. 45.735,10.- (Cuarenta y cinco mil setecientos treinta y cinco 10/100 Bolivianos), por conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia”, más multa gestión 2018, duodécima de aguinaldo gestión 2019, incrementos salariales gestión 2017, 2018 y 2019, salario devengado, vacación, incremento salarial y multa del 30%.

Auto de Vista:

En grado de Apelación, promovido por Marcelo Augusto Fiorilo Zelaya en representación de la empresa LOGISTRUCKS SERVICE SRL, (fs. 91 a 93), por Auto de Vista N° 137 de 11 de agosto de fs. 109 a 112, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, REVOCÓ parcialmente la Sentencia apelada Nº 75 de 10 septiembre de 2021, dejando sin efecto el pago de desahucio, sin costas.

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:

Contra el referido Auto de Vista, la empresa LOGITRUCKS SERVICE SRL, representada por Marcelo Augusto Fiorilo Zelaya, en su condición de Gerente General de la empresa, interpuso el recurso de casación, conforme lo siguiente:

Manifestó error de valoración y fundamentación en cuanto al incremento salarial realizado al trabajador conforme la norma establecida

Petitorio:

Solicito se Revoque en parte el Auto de Vista N° 137 de 11 de agosto de 2022, y se deje sin efecto los retroactivos salariales, con costas y costos.

Concesión y Admisión

Mediante Auto N° 124 de 03 de octubre de 2022 se concedió el recurso de casación interpuesto por la empresa LOGITRUCKS SERVICE SRL, por Auto de 28 de noviembre de 2022, de fs. 133, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación de fs. 119.

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CARENCIA RECURSIVA/ El recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores en los que hubieren incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, correspondiendo estar debidamente identificadas las normas legales incumplidas, debiendo demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Datos del proceso

Demandante
Pascual Cabello Poiqui
Demandado
Empresa “LOGISTRUCKS SERVICE SRL”
Proceso
Pago de beneficios sociales y otros derechos laborales
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez

Precedente

Artículo 274-I-3 del Código Procesal Civil

Tribunal Supremo de Justicia5 de diciembre de 2022AS/0810/2022Fuente oficial