Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0830/2007

Tribunal Supremo de Justicia
30 de noviembre de 2007Social 2daMag. Hugo Suarez Calbimonte
Proceso
C. Tributario.
Sala
Social 2da
Año
2007

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 830

Sucre, 30 de noviembre de 2.007

DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario.

PARTES: Restaurant "Chifa EMY" c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrital La Paz.

MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte.

+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 130-133, interpuesto por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavidez, Gerente Distrital La Paz, del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el Auto de Vista Nº 25/06-SSA-III de 3 de febrero de 2006 (fs. 122), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso contencioso tributario que sigue Primitivo Gutiérrez Sánchez, en representación de Chin Chan Hsu Vda. de Su, propietaria de la "Chifa EMY", contra la entidad que representa el recurrente, el dictamen fiscal de fs. 138-139, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Cuarto Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 02/2004 el 13 de enero de 2004 (fs. 95-99), por la que declara probada en parte la demanda interpuesta a fs. 39-40, en consecuencia, modifica la Resolución Determinativa Nº 000391 de 19 de septiembre de 1994 respecto de la calificación de la sanción al contribuyente, imponiendo la multa del 50% por evasión fiscal, manteniendo firme y subsistente los reparos determinados, cuyos accesorios deberán ser calculados al momento del pago definitivo.

En grado de apelación, formulada por el indicado representante de la entidad demandada, por memorial de fs. 102-103, mediante Auto de Vista Nº 25/06-SSA-III de 3 de febrero de 2006 (fs. 122), se confirmó la sentencia apelada.

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, formulado por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavidez, Gerente Distrital La Paz, del Servicio de Impuestos Nacionales, conforme a los fundamentos que contiene el memorial de fs. 130-133, en el que denuncia en el fondo:

a) La aplicación indebida del art. 115 inc. 2) de la Ley Nº 1340, referida a la calificación de la conducta del contribuyente como evasión cuando hubiese omitido el pago de los tributos, pese a que en el caso presente, se ha demostrado la no declaración de ventas dentro de la gestión, el no pago de impuestos por ventas y servicios prestados en el tiempo establecido y la presentación de notas fiscales que no corresponden a la actividad, implicando con ello que el contribuyente incurrió en ocultación y simulación en las declaraciones juradas mensuales y anuales e incluyó cifras y datos falsos en dichas declaraciones, adecuando su conducta a la defraudación prevista por los arts. 98 y 99 inc. 1) de la Ley Nº 1340.

b) La violación de los arts. 90 y 190 del Cód. Pdto. Civ., porque la parte demandante en ningún momento objetó ni impugnó la calificación de su conducta, sin embargo, se emitió un pronunciamiento sobre este tema.

c) Se incurrió en error de hecho en la apreciación de las pruebas a momento de dictar resolución, pues no se valoraron los documentos de fs. 2-4, 6-7, 29-33, en los que se identifica el origen de los reparos; indica también, que no se consideró el cuerpo 2º de antecedentes, en el que se adjuntan facturas sin nombre, o con nombres ajenos a la razón social del contribuyente, ni el detalle de las declaraciones juradas rectificatorias de fs. 8 a 11 que no fueron presentadas; tampoco se consideraron los libros de ventas y compras IVA debidamente revisados.

Concluyó solicitando que este tribunal deliberando en el fondo, case en parte la resolución emitida, declarando improbada la demanda y firme y subsistente la R.D. Nº 391/94 de 19 de septiembre de 1994.

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, revisando los antecedentes procesales, se tiene:

Mostrando 15 de 30 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Restaurant "Chifa EMY"
Demandado
Servicio de Impuestos Nacionales Distrital La Paz.
Proceso
C. Tributario.
Magistrado relator
Hugo Suarez Calbimonte
Tribunal Supremo de Justicia30 de noviembre de 2007AS/0830/2007Fuente oficial