Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 831
Sucre, 16 de octubre de 2024
Expediente: 623 -2024
Demandante: Marco Denis Cespedes Ardaya
Demandado: Danny Marcelo Rodas Vacaflor
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 145 a 146, deducido por Danny Marcelo Rodas Vacaflor impugnando el Auto de Vista N° 12/2024 de 12 de febrero, emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fojas 130 a 141), dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales, seguido por Marco Dennis Céspedes Ardaya, contra el recurrente; el Auto de 6 de junio de 2024 (fojas 151), que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 379/2024 de 9 de agosto que admitió el recurso (fojas 157 a 158), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
I.1.1. Sentencia.
Tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Quinto de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 57/2023 de 13 de julio (fojas 90 a 94 y vuelta), declaró PROBADA EN PARTE con costas la demanda de fojas 15 a 18 y vuelta; por haberse probado la existencia de la relación laboral entre Marco Denis Céspedes Ardaya con su empleador Danny Marcelo Rodas Vacaflor en cuyo mérito ordenó que el empleador a tercero día de ejecutoriada la sentencia pague a favor de Marco Dennis Céspedes Ardaya el monto equivalente a sus derechos y beneficios sociales siguientes:
Primer Periodo:
Indemnización
9 años y 18 días Bs. 20.815.-
Bono de Antigüedad
9 años y 18 días Bs. 12.957,80
SUB TOTAL Bs. 33.772,80
Multa del 30% Bs. 10.131,84
TOTAL. - Bs. 43.904,64
Segundo Periodo
Desahucio
De 3 meses Bs. 8.400.-
Indemnización
De 2 años, 6 meses y 4 días Bs. 7.031,10.-
Aguinaldo
De 6 meses y 6 días Bs. 1.446,70.-
Vacaciones
De 2 años 6 meses y 4 días Bs. 3.515,60.-
Sueldo Devengado
De 3 días Bs. 2.025.-
Bono de Antigüedad
De 6 meses Bs. 675.-
Sub Total. - Bs. 23.093,40.-
Mas multa del 30% Bs. 6.928,02.-
Bs. 30.021,42.-
TOTAL A PAGAR. - Bs. 73.926,06.-
Son: SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS 06/100 BOLIVIANOS, más la actualización y reajustes dispuestos por el artículo 9 del decreto supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006 que deberá ser calculado en ejecución de sentencia.
I.1.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 12/2024 de 12 de febrero (fojas 130 a 141), la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz REVOCÓ EN PARTE la Sentencia N° 57/2023 de 13 de julio (fojas 90 a 94 y vuelta).
Primer Periodo:
INDEMNIZACIÓN
9 años y 18 días Bs. 20.815.-
BONO DE ANTIGÜEDAD
9 años y 18 días Bs. 12.957,80.-
SUB TOTAL Bs. 33.772,80.-
MULTA DEL 30% Bs. 10.131,84.-
TOTAL A PAGAR.- Bs. 43.904,64.-
Segundo Periodo
DESAHUCIO
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