Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 835/2022-RA
Fecha: 28 de octubre de 2022
Expediente: LP-117-22-S.
Partes: Norberto Vargas Cruz c/ Adhemar Acebey Ayoroa.
Proceso: Resolución de contrato por incumplimiento.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 263 a 264 vta., interpuesto por Adhemar Acebey Ayoroa representado por Eric Osvaldo Baldivieso Gamarra contra el Auto de Vista N° 261/2022, de 28 de julio, corriente de fs. 251 a 257 vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento, seguido por Norberto Vargas Cruz contra el recurrente; el Auto de concesión de 10 de octubre de 2022 a fs. 272, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Norberto Vargas Cruz, por memorial de fs. 18 a 19 vta., reiterado de fs. 33 a 34 y subsanado a fs. 37 y vta. y a fs. 40; inició el proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento contra Adhemar Acebey Ayoroa, quien una vez citado, mediante su apoderado Eric Osvaldo Baldivieso Gamarra, según escrito de fs. 87 a 90, respondió de forma negativa a la demanda, opuso excepción de demanda interpuesta antes ocurrido el cumplimiento de la condición y reconvino sobre cumplimiento de contrato; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 57/2021 de 18 de febrero, que sale de fs. 201 a 205 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 28° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda respecto a la resolución de contrato más daños y perjuicios en el monto de Bs. 16.704,00 e IMPROBADA en torno a daños y perjuicios en la suma de 64.500,00.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Adhemar Acebey Ayoroa, representado por Eric Osvaldo Baldivieso Gamarra, mediante memorial cursante de fs. 210 a 211, dio lugar a que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 261/2022, de 28 de julio, corriente de fs. 251 a 257 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia-Resolución Nº 57/2021 de 18 de febrero.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Adhemar Acebey Ayoroa representado por Eric Osvaldo Baldivieso Gamarra, según memorial cursante de fs. 263 a 264 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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