Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 862/2021-RA
Fecha: 30 de septiembre de 2021
Expediente: LP-163-21-S
Partes: Flora Matilde Ramos Marín c/ Zenón Vicente Ramos Marín.
Proceso: Reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 435 a 437 interpuesto por Zenón Vicente Ramos Marín contra el Auto de Vista N° S-307/2021 de 02 de julio, cursante de fs. 414 a 419 pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Flora Matilde Ramos Marín contra el recurrente, la contestación de fs. 444 a 446 y el Auto de concesión de 10 de septiembre de 2021 cursante a fs. 447, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 30 a 32, subsanada de fs. 38 a 39 y a fs. 43 y vta., Flora Matilde Ramos Marín inició proceso ordinario de reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios; acción que fue dirigida contra Zenón Vicente Ramos Marín, quien una vez citado, mediante escrito de fs. 165 a 172, contestó negativamente e interpuso demanda reconvencional por usucapión decenal o prescripción adquisitiva; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 106/2021 de 08 de marzo, cursante de fs. 341 a 351 donde el Juez 11° Público Civil y Comercial de la ciudad de La Paz declaró PROBADA en parte la demanda principal respecto a la pretensión de reivindicación, IMPROBADA respecto al resarcimiento de daños y perjuicios e IMPROBADA la demanda reconvencional.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Zenón Vicente Ramos Marín, mediante memorial de fs. 357 a 361, dio lugar a que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° S-307/2021 de 02 de julio, cursante de fs. 414 a 419, CONFIRMANDO la sentencia apelada.
Asimismo, ante la solicitud de complementación y enmienda, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió el Auto complementario el 02 de agosto de 2021 cursante a fs. 427 de obrados.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Zenón Vicente Ramos Marín, según escrito cursante de fs. 435 a 437; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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