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TSJ

AS/0863/2016-RI

Tribunal Supremo de Justicia
20 de julio de 2016CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Familiar sobre declaración judicial de maternidad
Sala
Civil
Año
2016

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 863/2016 – RI

Sucre: 20 de julio 2016

Expediente: P- 10 - 16 – S

Partes: Elizabeth Justiniano Gómez c/ Iván Roca Flores y Verónica Moisés

Aguilar

Proceso: Familiar sobre declaración judicial de maternidad

Distrito: Pando

VISTOS: El recurso de casación de fs. 181, interpuesto por Iván Roca Flores y Verónica Moisés Aguilar contra el Auto de Vista de fecha 16 de mayo de 2016, cursante a fs. 175 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, en el proceso Familiar sobre declaración judicial de maternidad, seguido por Elizabeth Justiniano Gómez contra los recurrentes, el Auto de fs. 188 y vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 15/2016 de 12 de febrero, cursante de fs. 150 a 152 y vta., que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los demandados, fue resuelto por Auto de Vista de fecha 16 de mayo de 2016, cursante a fs. 175 y vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Iván Roca Flores y Verónica Moisés Aguilar, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad.

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Criterio

“… de acuerdo a la revisión del cuaderno procesal, la presente causa ha sido tramitada dentro de la vigencia del Código de las Familias y del Proceso Familiar, el Auto de Vista fue dictado en 16 de mayo de 2016, proceso que tiene por objeto la declaración judicial de filiación en este caso materna, que conforme a lo previsto en la ley Nº 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar en su Capitulo Segundo referente a los proceso extraordinarios, art. 434 inc. b). La presente causa se encuentra catalogado como proceso extraordinario y aplicable la disposición contenida en el art. 444 del mismo cuerpo legal, desarrollado supra, por lo que esta norma no permite que los fallos emitidos en procesos catalogados como extraordinarios puedan ser impugnados con recurso de casación”.

Datos del proceso

Demandante
Elizabeth Justiniano Gómez
Demandado
Iván Roca Flores y Verónica Moisés
Proceso
Familiar sobre declaración judicial de maternidad
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Resoluciones contra las que no procede / Resoluciones dictadas en procesos extraordinarios
Tribunal Supremo de Justicia20 de julio de 2016AS/0863/2016-RIFuente oficial