Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 868/2024-RA
Fecha: 09 de agosto de 2024
Expediente: SC-80-24-A
Partes: Jean Hubertus Welkenhuysen representado por Mary Demetry Barrios c/
Tania Mariela Rivera Dávalos.
Proceso: Nulidad de acuerdo transaccional predesvinculatorio.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 66 a 68, interpuesto por Jean Hubertus Welkenhuysen representado por Mary Demetry Barrios, impugnando el Auto de Vista N° 33/2024, de 11 de abril, cursante de fs. 61 a 64, emitido por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario sobre nulidad de acuerdo transaccional, seguido por el recurrente contra Tania Mariela Rivera Dávalos; el Auto de concesión Nº 79 de 12 de junio de 2024, visible a fs. 69, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Jean Hubertus Welkenhuysen representado legalmente por Mary Demetry Barrios, mediante Testimonio Poder Nº 993/2022, visible a fs. 2 a 3 vta., según memorial de fs. 25 a 29 vta., subsanado de fs. 46 de obrados, planteó demanda ordinaria de nulidad de acuerdo transaccional predesvinculatorio contra Tania Mariela Rivera Dávalos, que generó la emisión del Auto Definitivo N° 156/2023, de 16 de marzo, cursante de fs. 47 a 47 vta., en la que la Juez Público de Familia 5° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, RECHAZÓ la demanda de nulidad de acuerdo transaccional predesvinculatorio por contar con homologación en sentencia dictada por autoridad competente, dispuso que en esa instancia la parte impetrante haga uso de sus derechos.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Jean Hubertus Welkenhuysen representado legalmente por Mary Demetry Barrios mediante memorial de fs. 51 a 54 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 33/2024, de 11 de abril, visible de fs. 61 a 64, que CONFIRMÓ el Auto Definitivo Nº 156/2023 de fecha 16 de marzo.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jean Hubertus Welkenhuysen representado legalmente por Mary Demetry Barrios, según escrito de fs. 66 a 68, que es objeto de análisis para su admisión.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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