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TSJ

AS/0878/2024

Tribunal Supremo de Justicia
16 de octubre de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 878

Sucre, 16 de octubre de 2024

Expediente: 666 -2024

Demandante: Guimer Veyzaga Rivera

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cairoma

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: La Paz

Magistrada Relatora: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 184 a 185 y vuelta, deducido por el Gobierno Autónomo Municipal de Cairoma representado por Ivan Nilo Mamani Orellana, impugnando el Auto de Vista N° 158/2023 de 04 de diciembre, pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de fojas 177 a 178, dentro del proceso social de pago de Beneficios Sociales, seguido por Guimer Veyzaga Rivera contra Gobierno Autónomo Municipal de Cairoma; el Auto de fecha 30 de Julio de 2024 de fojas 195, que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 422/2024 que admitió el recurso de casación de fojas 200 a 201, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I.

I.1. Antecedentes del proceso. Sentencia. -

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero de El Alto, emitió la Sentencia de N° 120/2019 de 26 de noviembre de 2020 de fojas 150 a 156 y vuelta, declarando PROBADA EN PARTE la demanda social cursante en obrados de fojas 22 a 24, subsanado a fojas 27 e IMPROBADA la excepción de pago de fojas 65 a 69 y vuelta, subsanado a fojas 78.

En consecuencia, dispuso que el Gobierno Autónomo Municipal de Cairoma, a través de su representante legal, proceda al pago de los siguientes derechos en favor del demandante, de acuerdo con la siguiente liquidación:

Sueldo mensual: Bs. 3.491,60

Sueldos devengados:

Octubre a diciembre de 2017 Bs. 10.474,80

Enero y febrero de 2018 Bs. 6.983,20

Aguinaldos devengados:

Duodécimas octubre a diciembre de 2017 Bs. 872,90

Duodécimas enero y febrero de 2018 Bs. 581,93

Duodécimas de Aguinaldo esfuerzo por Bolivia 2018 Bs. 872,90

TOTAL A PAGAR Bs. 19.783,73

I.2. Auto de Vista. -

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Datos del proceso

Demandante
Guimer Veyzaga Rivera
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Cairoma
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia16 de octubre de 2024AS/0878/2024Fuente oficial