Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 887/2022-RA
Fecha: 10 de noviembre de 2022
Expediente: LP-127-22-S.
Partes: Nemecio Choque Churqui c/ María Tambo Cerrano.
Proceso: División y partición de bienes gananciales.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 233 a 241 vta., interpuesto por María Tambo Cerrano, contra el Auto de Vista N° 312/2022 de 20 de septiembre, cursante de fs. 228 a 231 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales, seguido por Nemecio Choque Churqui contra la recurrente; la contestación de fs. 244 a 245, el Auto de concesión de 27 de octubre, obrante a fs. 247, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Nemecio Choque Churqui, por escrito de fs. 20 a 21, subsanado a fs. 27 y vta., inició proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales contra María Tambo Cerrano, quien una vez citada, mediante memorial de fs. 49 a 56 vta., se apersonó, respondió negativamente a la demanda, opuso excepción previa de falta de legitimación activa y extinción de pretensión por sustracción de materia; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 855/2021 de 22 de julio, que sale de fs. 188 a 191 vta., en la que el Juez Público de Familia 6º de la ciudad de El Alto, declaró PROBADA la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación María Tambo Cerrano, según memorial de fs. 203 a 209 vta. originó que la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 312/2022 de 20 de septiembre, corriente de fs. 228 a 231, que CONFIRMÓ el Auto Interlocutorio “N° 322/2020” y la Sentencia Nº 855/2021 de 22 de julio.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por María Tambo Cerrano, según escrito de fs. 233 a 241 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Mostrando 16 de 32 parrafos.