Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0888/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
10 de noviembre de 2022Civil
Proceso
Acción reivindicatoria de inmueble y retiro de construcciones, más pago de daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 888/2022-RA

Fecha: 10 de noviembre de 2022

Expediente: CH–86–22–S.

Partes: Martha Cailloma Varón c/ Pedro Cailloma Varón, Cristina Balderas Cerezo, Odín y Cristian ambos Cailloma Balderas.

Proceso: Acción reivindicatoria de inmueble y retiro de construcciones, más pago de daños y perjuicios.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 441 a 443 postulado por Martha Cailloma Varón y de fs. 445 a 448 vta., interpuesto por Pedro Cailloma Varón y Cristina Balderas Cerezo, contra el Auto de Vista N° 311/2022 de 29 de septiembre, visible de fs. 434 a 437 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de acción reivindicatoria de inmueble y retiro de construcciones, más pago de daños y perjuicios, seguido por Martha Cailloma Varón contra Odín y Cristian ambos Cailloma Balderas y los recurrentes, la contestación de fs. 452 a 460 y de fs. 464 a 465 vta.; el Auto de concesión de 04 de noviembre de 2022, obrante a fs. 466, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Marcelino Pérez por memorial de fs. 22 a 24 vta., inició proceso ordinario de acción reivindicatoria de inmueble y retiro de construcciones, más pago de daños y perjuicios contra Pedro Cailloma Varón, Cristina Balderas Cerezo, Odín y Cristian ambos Cailloma Balderas; quienes una vez citados, por escrito de fs. 46 a 48 vta., contestaron en forma negativa a la demanda y opusieron demanda reconvencional de reconocimiento y pago de mejoras; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 38/2022 de 28 de junio, cursante de fs. 348 a 353 vta., por la que el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1° de Villa Serrano-Chuquisaca, declaró PROBADA la demanda reconvencional de reconocimiento de pago y mejoras respecto del bien inmueble y PROBADA la demanda respecto a la reivindicación .

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrido en apelación por Martha Cailloma Varón, según memorial cursante de fs. 359 a 368, dio lugar a que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 311/2022 de 29 de septiembre, cursante de fs. 434 a 437 vta., con el que REVOCÓ parcialmente la Sentencia apelada y declaró PROBADA en parte la demanda reconvencional de reconocimiento y pago de mejoras efectuadas en el inmueble, en los boques A y B, que totalizan la suma de Bs. 94.630,46..

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación interpuesto por Martha Cailloma Varón de fs. 441 a 443 y por Pedro Cailloma Varón y Cristina Balderas Cerezo conforme escrito de fs. 445 a 448 vta.; recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

Mostrando 17 de 34 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Martha Cailloma Varón
Demandado
Pedro Cailloma Varón, Cristina Balderas Cerezo, Odín y Cristian ambos Cailloma Balderas
Proceso
Acción reivindicatoria de inmueble y retiro de construcciones, más pago de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia10 de noviembre de 2022AS/0888/2022-RAFuente oficial