Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0893/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
11 de noviembre de 2022Civil
Proceso
División y partición
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 893/2022-RA

Sucre: 11 de noviembre de 2022

Expediente: O-70-22-A.

Partes: Víctor Felipe Portillo Camacho c/ Prudencia Llanque Calle Vda. de Portillo, Gabriel Ángel, Marina Mafalda, Amalia Maritza, Jenny Florinda y Betty Edith todos de apellidos Portillo Llanque.

Proceso: División y partición.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación corriente de fs. 491 a 493, interpuesto por Víctor Felipe Portillo Camacho, contra el Auto de Vista Nº 399/2022 de 05 de octubre, que sale de fs. 481 a 485 vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de división y partición seguido por el recurrente contra Prudencia Llanque Calle Vda. de Portillo y otros; la contestación de vista de fs. 499 a 502; el Auto de concesión N° 51/22 de 07 de octubre de 2022, visible a fs. 503; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Víctor Felipe Portillo Camacho, por memorial de fs. 80 a 82, inició proceso de división y partición de bienes hereditarios, acción dirigida contra Prudencia Llanque Calle Vda. de Portillo, Gabriel Ángel, Marina Mafalda, Amalia Maritza, Jenny Florinda y Betty Edith todos de apellidos Portillo Llanque, quienes una vez citados, respondieron de la siguiente forma: Gabriel Ángel y Marina Mafalda ambos Portillo Llanque contestaron negativamente y opusieron excepción previa de prescripción de aceptación de herencia según escrito de fs. 263 a 267 vta.; Amalia Maritza, Jenny Florinda y Betty Edith todos Portillo Llanque contestaron en forma negativa y opusieron excepción previa de prescripción de aceptación de herencia mediante escrito de fs. 370 a 375; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión del Auto Definitivo de 26 de agosto, que sale de fs. 448 vta. a 453 vta., pronunciado por la Juez Público Civil y Comercial 5° de la ciudad de Oruro, que declaró PROBADA la excepción de prescripción.

Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Víctor Felipe Portillo Camacho, mediante memorial cursante de fs. 455 a 458 vta., dio lugar a que la Sala Civil, Familiar y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 399/2022 de 05 de octubre de 2022, cursante de fs. 481 a 485 vta., confirmando el Auto Definitivo de 26 de agosto, saliente de fs. 448 vta. a 453 vta.

Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Víctor Felipe Portillo Camacho, según escrito cursante de fs. 491 a 493 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 16 de 32 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Víctor Felipe Portillo Camacho
Demandado
Prudencia Llanque Calle Vda. de Portillo, Gabriel Ángel, Marina Mafalda, Amalia Maritza, Jenny Florinda y Betty Edith todos de apellidos Portillo Llanque.
Proceso
División y partición
Tribunal Supremo de Justicia11 de noviembre de 2022AS/0893/2022-RAFuente oficial