Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 894/2021-RA
Fecha: 06 de octubre de 2021
Expediente: LP-169-21-S
Partes: Marco Antonio Torrejón Sánchez y María Luisa Torrico de Torrejón c/
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
Proceso: Acción de reivindicación, acción negatoria más resarcimiento de daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 924 a 946 interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado por German Marcelo Aguilar Usquiano, contra el Auto de Vista N° S-421/2020 de 20 de noviembre, de fs. 917 a 922 vta. pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de acción de reivindicación, acción negatoria más resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Marco Antonio Torrejón Sánchez y María Luisa Torrico de Torrejón contra la entidad recurrente, la contestación de fs. 949 a 959 y el Auto de concesión de 07 de septiembre de 2021 cursante a fs. 961, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 41 a 46 vta. Marco Antonio Torrejón Sánchez y María Luisa Torrico de Torrejón iniciaron el proceso ordinario de acción de reivindicación, acción negatoria más resarcimiento de daños y perjuicios, acción dirigida contra el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; quien una vez citado contestó negativamente a la demanda y planteó demanda reconvencional sobre mejor derecho propietario, acción negatoria, nulidad de escrituras publica, cancelación de partidas más pago de daños y perjuicios de fs. 66 a 72; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 92/2009 de 31 de enero cursante de fs. 555 a 559 vta., pronunciada por el Juez 12° de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, declaró: PROBADA la demanda principal e IMPROBADA la demanda reconvencional
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado por Vladimir Gutiérrez Ramírez, cursante de fs. 621 a 645; dio lugar a que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° S-421/2021 de 20 de noviembre, de fs. 917 a 922 vta., CONFIRMANDO la Sentencia y Autos apelados.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado por German Marcelo Aguilar Usquiano, según escrito de fs. 924 a 946; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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