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TSJ

AS/0901/2015

Tribunal Supremo de Justicia
18 de diciembre de 2015Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 901

Sucre, 18 de diciembre de 2015

Expediente : 258/2015-S

Demandante : Manuel Jemio Vera

Demandada : Universidad Mayor de San Andrés

Distrito : La Paz

Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 225 a 228, interpuesto por Manuel Jemio Vera, contra el Auto de Vista Nº 20/2015 de 13 de febrero de fs. 216 a 217, emitido por la Sala social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral sobre reincorporación y pago de sueldos devengados que sigue el recurrente contra la Universidad Mayor de San Andrés, la respuesta al recurso de fs.235 a 237., el Auto de 29 de junio de 2015 que concedió el recurso de fs. 238; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I.1 Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Tramitado el proceso social de referencia, la Juez Sexto de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 232/2013 de 22 de octubre (fs. 188 a 199), declarando probada la demanda de fs. 34 a 35, ordenando a la entidad demandada proceda a la reincorporación del demandante Manuel Jemio Vera al cargo que venía desempeñando, con el consiguiente pago de salarios devengados, desde el día de su retiro hasta la efectiva reincorporación.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducido por José Felipe Teijeiro Villarroel en representación de la Universidad de San Andrés (fs. 202 a 206), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 20/2015 de 13 de febrero (fs. 216 a 217), revocó la Sentencia Nº 232/2013 de 22 de octubre, y deliberando en el fondo declaró improbada la demanda de reincorporación, salvando los derechos laborales del demandante para que los pueda hacer valer en la vía legal que corresponda.

I.2 Motivos del recurso de casación

El Auto de Vista referido, motivó el recurso de nulidad de fs. 225 a 228, interpuesto por Manuel Jemio Vera, en base a los siguientes argumentos:

Denuncia violación del numeral 2, párrafo I del art. 46 y 49 de la Constitución Política del Estado, porque considera que el informe de auditoría no pasa de ser un mero dictamen de indicios de responsabilidad civil con efectos para terceros pero no para su persona.

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Datos del proceso

Demandante
Manuel Jemio Vera
Demandado
Universidad Mayor de San Andrés
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia
Tribunal Supremo de Justicia18 de diciembre de 2015AS/0901/2015Fuente oficial