Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 916/2021-RA
Fecha: 18 de octubre de 2021
Expediente: SC-81-21-S
Partes: Antonio Ramón Ortiz Gutiérrez y Tatiana Vaca Diez de Ortiz c/ Wilson
Roca Rodríguez y otros.
Proceso: Nulidad de contrato, cancelación de registro, mejor derecho de propiedad,
reivindicación, entrega y desocupación de inmueble.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 940 a 942 vta., interpuesto por Antonio Ramón Ortiz Gutiérrez y Tatiana Vaca Diez de Ortiz representados por Julio Cesar Torrez Sánchez contra el Auto de Vista N° 35/2021 de 17 de junio de fs. 925 a 926 vta., pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de nulidad de contrato, cancelación de registro, mejor derecho de propiedad, reivindicación, entrega y desocupación de inmueble, interpuesto por los recurrentes contra Wilson Roca Rodríguez, Erika Eguez Medina, Carmita Fernández, Juana Eugenia Velasco, Josefa Limachi, Yony Gastón Quiroga, José Mujica Osinaga, Jesús Veizaga Schwenk, Horacio Sosa Vaca y la Cooperativa San Luis Ltda., la contestación de fs. 946 a 950 vta., el Auto de concesión de 02 de septiembre de 2021 cursante a fs. 952; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda de fs. 131 a 141, Antonio Ramón Ortiz Gutiérrez y Tatiana Vaca Diez de Ortiz iniciaron proceso ordinario de nulidad de contrato, cancelación de registro, reivindicación, mejor derecho propietario, entrega y desocupación de inmueble contra Wilson Roca Rodríguez, Erika Eguez Medina, Carmita Fernández, Juana Eugenia Velasco, Josefa Limachi, Yony Gastón Quiroga, José Mujica Osinaga y Jesús Veizaga Schwenk, Horacio Sosa Vaca y la Cooperativa San Luis Ltda., quienes una vez citados Horacio Sosa Vaca contestó afirmativamente de fs. 177 a 183; Wilson Roca Rodríguez y Eva Erika Eguez Medina mediante escrito de fs. 268 a 272 presentaron excepciones y reconvinieron por mejor derecho de propiedad, Carmita Fernández Suárez se apersonó al proceso oponiendo excepción de fs. 551 a 552, a los otros codemandados José Mojica Osinaga, Jesús Veizaga Schwenk y la Cooperativa San Luis Ltda., se les designó abogado de oficio de fs. 653 a 655, y los terceros interesados Jhonny Gastón Quiroga fajardo y Josefa Limachi Condori se apersonaron según memorial de fs. 695 a 698, desarrollándose de esa manera el proceso donde el Juez Público Civil y Comercial 10° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra emitió la Sentencia N° 277/2020 de 07 de diciembre de fs. 811 a 816, declarando PROBADA la demanda, e IMPROBADA la reconvencional.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Eva Erika Eguez Medina y Wilson Roca Rodríguez mediante escrito de fs. 842 a 844 y por Jhonny Gastón Quiroga fajardo y Josefa Limachi Condori según escrito de fs. 846 a 853, originó que la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emita Auto de Vista N° 35/2021 de 17 de junio ANULANDO la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Antonio Ramón Ortiz Gutiérrez y Tatiana Vaca Diez de Ortiz representados Julio Cesar Torrez Sánchez según escrito de fs. 940 a 942 vta., que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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