Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0946/2023

Tribunal Supremo de Justicia
3 de octubre de 2023Civil
Proceso
División y partición de bienes comunes y gananciales.
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 946/2023-RA

Fecha: 03 de octubre de 2023

Expediente: LP-146-23-S.

Partes: Paola Elizabet Grandi Moyano c/ Eduardo Pacheco Pérez.

Proceso: División y partición de bienes comunes y gananciales.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 229 a 230 vta., interpuesto por Eduardo Pacheco Pérez contra el Auto de Vista N° 253/2023, de 16 de mayo, que sale de fs. 193 a 196 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de división y partición de bienes comunes y gananciales seguido por Paola Elizabet Grandi Moyano contra el recurrente; la contestación de fs. 245 a 247 vta.; el Auto de concesión de 12 de septiembre de 2023, visible a fs. 250, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Paola Elizabet Grandi Moyano, por memorial que discurre de fs. 25 a 26, promovió el proceso ordinario de división y partición de bienes comunes y gananciales, contra Eduardo Pacheco Pérez, quien una vez citado, según escrito de fs. 55 a 56 vta., se apersonó y contestó negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia Nº 1222/2022, de 21 de noviembre, que cursa de fs. 170 a 173, en la que la Juez Público de Familia 8° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Eduardo Pacheco Pérez, mediante el memorial de fs. 177 a 179, originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 253/2023, de 16 de mayo, saliente de fs. 193 a 196 vta., que REVOCÓ parcialmente la Resolución N° 1222/2022, declarando también como bienes gananciales: 1. El contrato de anticrético de 08 de febrero de 2017, por la suma de $us. 18.000; 2. El contrato de anticrético de 23 de mayo de 2016, por el monto de $us. 3.500, correspondiendo asumir el 50% de dichas obligaciónes a cada una de las partes una vez concluidos los contratos de anticresis.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Eduardo Pacheco Pérez, mediante el escrito obrante de fs. 229 a 230 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 16 de 31 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Paola Elizabet Grandi Moyano
Demandado
Eduardo Pacheco Pérez
Proceso
División y partición de bienes comunes y gananciales.
Tribunal Supremo de Justicia3 de octubre de 2023AS/0946/2023Fuente oficial