Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 976/2022-RA
Fecha: 30 de noviembre de 2022
Expediente: LP-141-22-S.
Partes: Fredy Arturo Sandi Lora y Esther Troche Peláez de Sandi c/ Mary Lanza Rodríguez.
Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación, acción negatoria, más daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 448 a 452 vta., interpuesto por Mary Lanza Rodríguez contra el Auto de Vista N° 327/2022, de 09 de agosto, corriente de fs. 437 a 442, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación, acción negatoria, más daños y perjuicios, seguido por Fredy Arturo Sandi Lora y Esther Troche Peláez de Sandi contra la recurrente, la contestación de fs. 455 a 458; el Auto de concesión de 16 de noviembre de 2022 a fs. 459, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Freddy Arturo Sandi Lora y Esther Troche Peláez, por memorial de fs. 23 a 26 vta., reiterado de fs. 41 a 44 vta. y subsanado de fs. 46 a 47; promovió el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación, acción negatoria, más daños y perjuicios, contra Mary Lanza Rodríguez, quien una vez citada, según escrito de fs. 74 a 76, respondió de forma negativa a la demanda, opuso excepción previa de prescripción, reconvención por prescripción y caducidad de derecho patrimonial deduciendo usucapión; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 102/2021, de 06 de octubre, que sale de fs. 376 a 382, en la que el Juez Público Civil, Comercial, de del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal 1° de Coroico - La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda respecto a la acción reivindicatoria, IMPROBADA en cuanto al mejor derecho propietario, acción negatoria más daños y perjuicios e IMPROBADA la acción reconvencional de usucapión decenal.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Mary Lanza Rodríguez, mediante memorial cursante de fs. 384 a 395 vta., dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 327/2022, de 09 de agosto, corriente de fs. 437 a 442, que CONFIRMÓ la Resolución Nº 102/2021.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Mary Lanza Rodríguez, según memorial de fs. 448 a 452 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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