Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/1003/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
13 de octubre de 2023Civil
Proceso
Usucapión.
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1003/2023-RA

Fecha: 13 de octubre de 2023

Expediente: B-29-23-S.

Partes: Lucio Escobar Pinto c/Sócrates Llapiz Ojopi.

Proceso: Usucapión.

Distrito: Beni.

VISTOS: El recurso de casación obrante de fs. 392 a 394, interpuesto por Lucio Escobar Pinto contra el Auto de Vista N° 215/2023 de 13 de julio, corriente de fs. 381 a 384 vta., pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en el proceso ordinario de usucapión, seguido por el recurrente contra Sócrates Llapiz Ojopi; la contestación de fs. 401 a 404 vta.; el Auto de concesión de 20 de septiembre de 2023 a fs. 405; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Lucio Escobar Pinto por memorial de fs. 36 a 37 subsanado a fs. 43 y 46, inició el proceso ordinario de usucapión contra Sócrates Llapiz Ojopi, quien una vez citado, según escrito de fs. 151 a 156, respondió de forma negativa, opuso excepciones e interpuso acción reconvencional de reivindicación más daños y perjuicios; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 50/2023 de 08 de mayo, saliente de fs. 342 a 346, donde la Juez Público Civil y Comercial 5° de la ciudad de Trinidad-Beni, declaró PROBADA la demanda de usucapión interpuesta por Lucio Escobar Pinto, e IMPROBADA la demanda de reconvencional de reivindicación más daños y perjuicios interpuesta por Sócrates Llapiz Ojopi.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Sócrates Llapiz Ojopi mediante memorial visible de fs. 349 a 357, dio lugar a que la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, emita el Auto de Vista N° 215/2023 de 13 de julio, corriente de fs. 381 a 384 vta., que REVOCÓ en todas sus partes la Sentencia impugnada y en su lugar declaró IMPROBADA la demanda de usucapión y PROBADA la demanda reconvencional de reivindicación.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación mediante escrito visible de fs. 392 a 394, interpuesto por Lucio Escobar Pinto, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Lucio Escobar Pinto
Demandado
Sócrates Llapiz Ojopi
Proceso
Usucapión.
Tribunal Supremo de Justicia13 de octubre de 2023AS/1003/2023-RAFuente oficial