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TSJ

AS/1008/2023

Tribunal Supremo de Justicia
13 de octubre de 2023Civil
Proceso
Nulidad absoluta de contrato y cancelación en Derechos Reales
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1008/2023

Fecha: 13 de octubre de 2023

Expediente: CB-37-23-S.

Partes: Eugenia Corrales Torrico de Camacho e Inocencio Camacho Borda c/ Francisco Torrico López y Sabina Corrales de Torrico.

Proceso: Nulidad absoluta de contrato y cancelación en Derechos Reales.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 506 a 525 vta., interpuesto por Sabina Corrales de Torrico representada legalmente por Lucia Ángela Torrico, contra el Auto de Vista REG/S.CII/SEN.066/2023 de 13 de julio, que sale de fs. 459 a 463, emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de nulidad absoluta de contrato y cancelación en Derechos Reales, seguido a instancias de Eugenia Corrales Torrico de Camacho e Inocencio Camacho Borda contra los recurrentes; la contestación de fs. 538 a 540, el Auto de concesión de 20 de septiembre de 2023, obrante a fs. 541; todo lo inherente al proceso, y:

CONSIDERANDO I

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Eugenia Corrales Torrico de Camacho e Inocencio Camacho Borda, por memorial de fs. 6 a 7 y escrito de fs. 17 y vta., iniciaron el proceso ordinario de nulidad absoluta de contrato y cancelación en Derechos Reales contra Francisco Torrico López y Sabina Corrales de Torrico; quienes una vez citados, contestaron negativamente a la demanda y opusieron excepciones de incapacidad de la parte demandante, falta de legitimación o interés legítimo en la parte demandante, demanda defectuosamente propuesta, prescripción y/o caducidad, y conciliación, mediante memorial de fs. 71 a 76 vta., escrito a fs. 79 y vta., y memorial a fs. 82; desarrollándose el proceso de esta manera hasta el pronunciamiento de la Sentencia de 12 de junio de 2019, que corre de fs. 338 a 340 vta., por la cual el Juez Público Mixto Civil, Comercial, de la Niñez, Adolescencia y Sentencia Penal N° 2 de Punata declaró PROBADA la demanda de principal, incoada por Eugenia Corrales Torrico de Camacho e Inocencio Camacho Borda.

Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Francisco Torrico López y Sabina Corrales de Torrico, mediante escrito que cursa de fs. 344 a 348, motivó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba emita el Auto de Vista REG/S.CII/SEN.066/2023 de 13 de julio, saliente de fs. 459 a 463, por el cual CONFIRMÓ la Sentencia de 12 de junio de 2019 con costas y costos para la parte apelante.

Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Sabina Corrales de Torrico representada legalmente por Lucia Ángela Torrico, mediante memorial visible de fs. 506 a 525 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

De la resolución impugnada

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Datos del proceso

Demandante
Eugenia Corrales Torrico de Camacho e Inocencio Camacho Borda
Demandado
Francisco Torrico López y Sabina Corrales de Torrico
Proceso
Nulidad absoluta de contrato y cancelación en Derechos Reales
Tribunal Supremo de Justicia13 de octubre de 2023AS/1008/2023Fuente oficial