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TSJ

AS/1024/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
30 de octubre de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Nulidad de contrato
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1024/2018-RA

Sucre: 30 de octubre de 2018

Expediente: CH-69-18-S

Partes: Santos Ampuero Andrade / Deysi Montiel Álvarez y otros

Proceso: Nulidad de contrato

Distrito: Chuquisaca

VISTOS: El recurso de casación de fs. 259 a 261, interpuesto por Santos Ampuero Andrade a través de su representante legal Álvaro Rodrigo Noya Subirana; contra el Auto de Vista SCCII Nº 241/2018 de 07 de septiembre, cursante de fs. 279 a 281 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de nulidad de contrato, seguido por el recurrente contra Deysi Montiel Álvarez y otros; el Auto de concesión del recurso de fecha 12 de octubre de 2018 cursante a fs. 278; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. En base al memorial de demanda de fs. 38 a 40, ratifica a fs. 53, se inició proceso ordinario de nulidad de contrato acción dirigida contra Deysi Montiel Albarez y otros, quienes contestaron negativamente de fs. 62 a 63 vta.; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse sentencia de fs. 148 vta. a 152 donde el Juez de la causa declara PROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por los demandados de fs. 156 a 168; la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista SCCII Nº 241/2018 de 7 de septiembre, cursante de fs. 279 a 281 vta., por la que CONFIRMÓ la sentencia con la modificación que debe entregar la suma de 18.000 $us. la demandada al demandante.

3. Fallo de segunda instancia que fue recurrida en casación de fs. 259 a 261, por el demandante por medio de su representante Álvaro Rodrigo Noya Subirana, recurso que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Proceso
Nulidad de contrato
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia30 de octubre de 2018AS/1024/2018-RAFuente oficial