Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 1033
Sucre, 25 de noviembre de 2024
Expediente: 28-2024
Demandante: Jaime Flores Villarroel
Demandado: Vocales de la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
Materia: Compulsa
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Tramitador: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 277 a 279 del testimonio, interpuesto por Jaime Flores Villarroel contra los Vocales de la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso laboral de reincorporación, interpuesto por Jaime Flores Villarroel, contra el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, los antecedentes adjuntos y:
CONSIDERANDO I: Jaime Flores Villarroel, interpuso recurso de compulsa contra de la Resolución N° 216-A/2024 de 11 de octubre, de fojas 273 y vuelta, que RECHAZO el Recurso de Casación de fojas 258 a 272, compulsa que hace referencia a los siguientes antecedentes:
Señala que al haber interpuesto el recurso de casación a través del Buzón judicial a horas 23:19 p.m. del 02 de octubre de 2024 el tribunal de alzada determinó que, lo habría realizado fuera del plazo establecido por el artículo 210 del Código Procesal del Trabajo (8 días hábiles); al respecto señala que interpretaron incorrectamente las normas del Reglamento del Buzón Judicial (Mercurio), aprobado por Acuerdo de Sala Plena N° 13/2018 de 07 de febrero de 2018, emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 1 establece lo siguiente: "(Objeto).- El presente Reglamento, tiene por objeto normar y regular la utilización y funcionamiento del servicio de Buzón Judicial electrónico, donde se centralizará la presentación de memoriales y recursos dentro de los plazos previstos por ley, como opción de emergencia a la presentación de memoriales y recursos en plataforma, fuera del horario judicial y en días inhábiles, en caso de urgencia y cuando esté por vencer un plazo procesal, utilizando medios electrónicos que aseguren la presentación en día, fecha y hora.".
Señaló que, el Buzón Judicial, es un medio electrónico, que asegura la presentación de memoriales y recursos dentro de plazo de Ley; ahora bien, también norma y regula la utilización de este medio, que le da a la parte litigante la opción de, presentar memoriales y recursos fuera de horario judicial; como también en días inhábiles, en caso de urgencias o cuando esté por vencer un plazo procesal, como es el presente caso.
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