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TSJ

AS/1050/2006

Tribunal Supremo de Justicia
20 de octubre de 2006Social 2daMag. Juan José González Osio
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1050

Sucre, 20 de octubre de 2.006

DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social.

PARTES: Miguel Sánchez Rocha c/ La Panadería "Morón".

MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.

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VISTOS: El recurso de nulidad y/o casación de fs. 72, interpuesto por Ramón Morón Cruz, propietario de la Panadería "Morón" contra el auto de vista de Nº 11 de 8 de enero de 2005 (fs. 69-70) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso social seguido por Miguel Sánchez Rocha contra el recurrente, la respuesta de fs. 74-75, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 84 de 14 de junio de 2004 (fs. 48-50), declarando probada en parte la demanda de fs. 8-10 vta., sin costas, ordenando que la panadería demandada, pague a favor del actor la suma de Bs. 8.231,11.-, por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación, sueldos y bono de antiguedad.

En grado de apelación, por auto de vista Nº 11 de 8 de enero de 2005 (fs. 69-70), fue confirmada en todas su partes la sentencia apelada, sin costas por ser apelación doble.

Este fallo motivó el recurso de casación (fs. 72), expresando el recurrente en breves líneas que recurre de nulidad y/o casación por haberse violado el principio constitucional establecido por el art. 16 inc. 2) de la C.P.E., además de estar el auto de vista recurrido en total contradicción con lo que señalan los arts. 1 inc. 1) y 3 inc. 1) y 3) con relación al art. 90 del Cód. Pdto. Civ., solicitando se anule el auto de vista.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
Miguel Sánchez Rocha
Demandado
La Panadería "Morón".
Proceso
Social.
Magistrado relator
Juan José González Osio
Tribunal Supremo de Justicia20 de octubre de 2006AS/1050/2006Fuente oficial