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TSJ

AS/1054/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
1 de noviembre de 2023Civil
Proceso
Resolución de contrato, por incumplimiento, pago de daños, entrega de inmueble y restitución
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1054/2023-RA

Fecha: 01 de noviembre de 2023

Expediente: SC-103-23-S.

Partes: Pedro Pinto Leite, Katherine y Sonia Gabriela ambas Pinto Montaño causahabientes de Pedro Crecencio Pinto c/ Carmen Rosa Parada Marpartida.

Proceso: Resolución de contrato, por incumplimiento, pago de daños, entrega de inmueble y restitución.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación corriente de fs. 353 a 364 vta., interpuesto por Pedro Pinto Leite, Georgina Pinto de Castro, Katherine y Sonia Gabriela ambas Pinto Montaño contra el Auto de Vista Nº 73/2023, de 03 de agosto, cursante de fs. 347 a 351, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento, pago de daños, entrega de inmueble y restitución seguido por los recurrentes contra Carmen Rosa Parada Marpartida; el Auto de concesión de 12 de octubre de 2023, saliente a fs. 367, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Pedro Crecencio Pinto Costas representado por Victor Hugo Aliaga y Juan Marcelo Aliaga Zamorano, mediante escritos que cursan de fs. 47 a 48 vta., y de fs. 65 a 67, promovió el proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento, pago de daños, entrega de inmueble y restitución contra Carmen Rosa Marpartida; quien una vez citada mediante su representante Gustavo Escobar Parada respondido a la demanda negativamente; además, reconvino por usucapión más reconocimiento judicial de propiedad de edificaciones y mejoras; posteriormente, al fallecimiento del demandante, según Autos de 11 de agosto y de 15 de septiembre de 2021, corrientes a fs. 285 y 289, se tuvo por apersonadas a Katherine y Sonia Gabriela de apellido Pinto Montaño, ambas por sí y en representación de Pedro Pinto Leite y Georgina Pinto de Castro; asimismo, al no haber comparecido los presuntos herederos se les designó a Clidher Padilla Huaylla como abogado defensor de oficio, quien se apersonó por escrito saliente a fs. 299 y vta., desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 81/2022, de 27 de julio, que cursa de fs. 307 vta. a 312, en la que el Juez Público Civil y Comercial 30° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró: 1) PROBADA en parte la demanda principal, PROBADA en cuanto a la resolución de contrato y restitución del inmueble e IMPROBADA respecto al pago de daños y perjuicios; 2) IMPROBADA la reconvención de usucapión; 3) resolvió el documento de 24 de diciembre de 2008 suscrito entre las partes; 4) dispuso que Pedro Crecencio Pinto Costas devuelva a la demandada la suma de $us, 556,23 que resulta del pago realizado por la demandada en el monto de $us. 1112,46 menos el 50% de lo acordado en la cláusula sexta del contrato objeto de litigio; 5) se ordenó la devolución del inmueble al demandante en el plazo de 10 días a partir de la ejecutoria de la Sentencia; 6) y declaró sin costas por ser juicio doble.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Carmen Rosa Parada Marpartida, mediante el memorial que corre de fs. 318 a 326, originando que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emita el Auto de Vista Nº 73/2023, de 03 de agosto, visible de fs. 347 a 351, que REVOCÓ en parte la Sentencia apelada y deliberando en el fondo, declaró IMPROBADA la demanda de resolución de contrato y restitución del inmueble; consecuentemente, dejó sin efecto los puntos 3, 4 y 5 de la Resolución impugnada; manteniéndose IMPROBADA la reconvención por usucapión decenal.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Pedro Pinto Leite, Georgina Pinto de Castro, Katherine y Sonia Gabriela ambas Pinto Montaño, según escrito visible de fs. 353 a 364 vta., que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Pedro Pinto Leite, Katherine y Sonia Gabriela ambas Pinto Montaño causahabientes de Pedro Crecencio Pinto
Demandado
Carmen Rosa Parada Marpartida
Proceso
Resolución de contrato, por incumplimiento, pago de daños, entrega de inmueble y restitución
Tribunal Supremo de Justicia1 de noviembre de 2023AS/1054/2023-RAFuente oficial