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TSJ

AS/1091/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
9 de noviembre de 2023Civil
Proceso
Prescripción adquisitiva extraordinaria de bien inmueble
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1091/2023-RA

Fecha: 09 de noviembre de 2023

Expediente: LP-173-23-S.

Partes: Hugo Hernández Durán c/ Samuel Quispe Vásquez, Margarita Fransisca Quispe Mamani y sus presuntos herederos.

Proceso: Prescripción adquisitiva extraordinaria de bien inmueble.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 718 a 724 vta., interpuesto por Hugo Hernández Durán contra el Auto de Vista N° 135/2023, de 20 de abril, corriente de fs. 711 a 716 vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de prescripción adquisitiva extraordinaria de bien inmueble, seguido por el recurrente contra Samuel Quispe Vásquez y los presuntos herederos de Margarita Fransisca Quispe Mamani; la contestación obrante de fs. 727 a 731; el Auto de concesión de 02 de octubre de 2023, visible a fs. 737, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Hugo Hernández Durán por memorial de demanda que discurre de fs. 69 “A” a 69 “B”, subsanado a fs. 71 vta., de fs. 300 a 301 y de fs. 304 a 305, promovió la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de bien inmueble contra Margarita Fransisca Quispe Mamani y los posibles herederos de Samuel Quispe Vásquez, quienes una vez citados la codemandada, según escrito visible de fs. 402 a 407 vta., se apersonó, contestó de manera negativa y reconvino por acción reivindicatoria más de daños y perjuicios; posteriormente, ante el eventual fallecimiento de la misma, por memorial visible a fs. 476 y vta. se apersonó su hijo Abraham Julio Mendoza Quispe; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 260/2014, de 13 de mayo, que cursa de fs. 605 a 608, en la que el Juez 14º de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda principal en lo que respecta a la usucapión y PROBADA en cuanto a la realización de mejoras hechas en el inmueble en litigio y la acción reconvencional de reivindicación más pago de daños y perjuicios; en consecuencia, se dispuso la entrega y devolución del bien inmueble sito en la avenida Las Madres Nº 296 de la zona Achumani, otorgando al demandante perdidoso el término de 30 días para su entrega.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Hugo Hernández Durán según memorial de fs. 614 a 618, originó que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 135/2023, de 20 de abril, corriente de fs. 711 a 716 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia impugnada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Hugo Hernández Durán según escrito visible de fs. 718 a 724 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

1. De la resolución impugnada.

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Datos del proceso

Demandante
Hugo Hernández Durán
Demandado
Samuel Quispe Vásquez, Margarita Fransisca Quispe Mamani y sus presuntos herederos
Proceso
Prescripción adquisitiva extraordinaria de bien inmueble
Tribunal Supremo de Justicia9 de noviembre de 2023AS/1091/2023-RAFuente oficial