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TSJ

AS/1102/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
23 de septiembre de 2024Civil
Proceso
Nulidad de documento de compromiso de venta de inmueble
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1102/2024-RA

Fecha: 23 de septiembre de 2024

Expediente: CB-93-24-S

Partes:  COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SEÑOR DE BURGOS LTDA., representada por René Claros Romero c/ Jorge Molina Peñanco y Natalia Marisabel Vargas de Molina representada por Karley Karina Sardan Camacho

Proceso: Nulidad de documento de compromiso de venta de inmueble.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 599 a 602 vta., interpuesto por Natalia Marisabel Vargas de Molina representada por Karley Karina Sardan Camacho, contra el Auto de Vista de 06 de junio de 2023, saliente de fs. 575 a 578 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso ordinario de nulidad de documento de compromiso de venta de inmueble, seguido por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SEÑOR DE BURGOS LTDA., representada por René Claros Romero contra Jorge Molina Peñanco y Natalia Marisabel Vargas de Molina; el Auto de concesión de 21 de agosto de 2024, visible a fs. 606, todo lo concerniente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. La COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SEÑOR DE BURGOS LTDA., representada por René Claros Romero mediante escrito que cursa de fs. 160 a 167 vta., planteó demanda ordinaria de nulidad de documento de compromiso de venta de inmueble, contra Jorge Molina Peñanco y Natalia Marisabel Vargas de Molina, quienes una vez citados; mediante memorial saliente de fs. 180 a 188 contestaron de manera negativa a la demanda y opusieron excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad, improcedencia, falta de acción y derecho; negándose las excepciones propuestas por Auto de 23 de Julio de 2018, que cursa a fs. 189 y vta.; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia de 16 de mayo de 2019, saliente de fs. 459 a 468 vta., en el que el Juez Público Mixto, Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 5º de Mizque - Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SEÑOR DE BURGOS LTDA., representada por René Claros Romero, mediante memorial que corre de fs. 473 a 478 vta., originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 06 de junio de 2023, visible de fs. 575 a 578 vta., que REVOCÓ Sentencia de 16 de mayo de 2019 y declaró PROBADA la demanda de nulidad del contrato de compromiso de venta de inmueble de 31 de octubre de 2007. Sin costas y costos.

Posteriormente cursa a fs. 590 a 591 el Auto de 24 de junio de 2024, que declara probado parcialmente el incidente de nulidad de notificación de fecha 17 de mayo de 2024 (fs. 579), sólo en cuanto se refiere a Natalia Marisabel Vargas de Molina.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Natalia Marisabel Vargas de Molina, representada por Karley Karina Sardan Camacho según escrito visible de fs. 599 a 602 vta., que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SEÑOR DE BURGOS LTDA., representada por René Claros Romero
Demandado
Jorge Molina Peñanco y Natalia Marisabel Vargas de Molina representada por Karley Karina Sardan Camacho
Proceso
Nulidad de documento de compromiso de venta de inmueble
Tribunal Supremo de Justicia23 de septiembre de 2024AS/1102/2024-RAFuente oficial