Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1109/2023-RA
Fecha: 13 de noviembre de 2023
Expediente: CB-40-23-S.
Partes: Abel Torrico Montaño c/ Sonia y Tito Modesto ambos Torrico Vásquez y presuntos interesados.
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 304 a 309, interpuesto por Sonia y Tito Modesto ambos Torrico Vásquez, contra el Auto de Vista N° 96/2022 de 20 de octubre, obrante de fs. 291 a 295 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria, seguido por Abel Torrico Montaño contra los recurrentes y terceros interesados; la contestación de fs. 315 a 318; el Auto de concesión de 17 de octubre de 2023, visible a fs. 319, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Abel Torrico Montaño, mediante demanda cursante a fs. 18 y vta., y subsanada a fs. 36 y vta., inició proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria contra presuntos interesados, quienes una vez citados, mediante edictos judiciales, designándose defensora de oficio a la abogada María Yezenia Torrico López por Auto de 18 de enero de 2019, corriente a fs. 46 vta., quien se apersonó y respondió a la demanda, según memorial a fs. 50 y vta.; posteriormente se apersonó Tito Modesto Torrico Vásquez por escrito visible a fs. 55; también compareció Sonia Torrico Vásquez planteando nulidad de obrados mediante escrito de fs. 84 a 86; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 28 de agosto de 2020, observable de fs. 212 a 214, en la que el Juez Público Mixto Civil, Comercial, de la Niñez, Adolescencia y Sentencia Penal 2º de la ciudad de Punata - Cochabamba declaró PROBADA la demanda.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Sonia y Tito Modesto ambos Torrico Vásquez, según memorial de fs. 216 a 221 vta., dio lugar a que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 96/2022 de 20 de octubre, obrante de fs. 291 a 295 vta., que ANULÓ obrados hasta fs. 125, disponiendo que el Juez A quo resuelva tanto el recurso de reposición planteado así como el incidente de nulidad, conforme a derecho.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Sonia y Tito Modesto ambos Torrico Vásquez, por escrito de fs. 304 a 309 recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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