Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1115/2024-RA
Fecha: 24 de septiembre de 2024
Expediente: LP-163-24-S
Partes: Haydee Limachi Chino c/ Jhesmy Tania Lima Aguilar, Jhonny Isaac Lima Chinel y Felisa Aguilar Siles
Proceso: Reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 293 a 298, interpuesto por Jhesmy Tania Lima Aguilar, Jhonny Isaac Lima Chinel y Felisa Aguilar Siles, contra el Auto de Vista Nº 389/2024, de 04 de julio, corriente de fs. 279 a 283 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Haydee Limachi Chino contra la parte recurrente, el escrito de contestación que sale de fs. 303 a 308, el Auto de concesión de 28 de agosto de 2024, visible a fs. 309, todo lo inherente al proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Haydee Limachi Chino, mediante el memorial saliente de fs. 12 a 15, subsanado por el acto procesal que corre a fs. 18 y vta., promovió demanda ordinaria de reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios, contra Jhesmy Tania Lima Aguilar, Jhonny Isaac Lima Chinel y Felisa Aguilar Siles, quienes, tras ser citados, por medio del escrito que discurre de fs. 60 a 62 vta., respondieron de forma negativa a la acción principal; desarrollándose así el proceso hasta que el Juez Público Civil y Comercial 9º de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 137/2024, de 08 de abril, que discurre de fs. 256 a 257 vta., por medio de la cual declaró PROBADA la demanda de reivindicación e IMPROBADA en cuanto a la pretensión de resarcimiento de daños y perjuicios.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Jhesmy Tania Lima Aguilar, Jhonny Isaac Lima Chinel y Felisa Aguilar Siles, mediante el memorial que sale de fs. 264 a 266 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 389/2024, de 04 de julio, corriente de fs. 279 a 283 vta., por medio del cual CONFIRMÓ la Sentencia de primera instancia.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jhesmy Tania Lima Aguilar, Jhonny Isaac Lima Chinel y Felisa Aguilar Siles, a través del escrito que corre de fs. 293 a 298, medio de impugnación, que es materia de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Mostrando 16 de 31 parrafos.