Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1117/2023-RRC
Sucre, 14 de agosto de 2023
EXPLICACIÓN, COMPLEMENTACIÓN Y ENMIENDA
Proceso: Santa Cruz 145/2022
I. RESULTANDO
Ana María Baldivieso Bascopé, por memorial de 14 de agosto de 2023, solicita explicación y enmienda sobre el Auto Supremo 1793/2022 de 5 de diciembre, alegando:
“a. La fecha por la que recién hoy 14 de agosto de 2023 se me notifique con un AS, del año pasado (5 de diciembre de 2022)
b. Porque si se admite existe un vicio de sentencia, es decir, de juzgamiento, su fallo implica el reenvío de las audiencias de juicio como si fuera de procedimiento.” [sic]
II. CONSIDERANDO
El art. 125 del CPP, autoriza que “El juez o tribunal de oficio podrá aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas. Las partes podrán solicitar explicación, complementación y enmienda de las sentencias y autos interlocutorios dentro del primer día hábil posterior a su notificación”.
Debe quedar esclarecido que la restrictividad de los parámetros contemplados en el art. 125 del CPP, orientan que dicha figura no es un recurso en propiedad, de hecho, su fin se basa sobre lo ya decidido, un fallo principal, procurando aclarar una resolución judicial; o rectificar errores de índole formal; quedando por descontado que a través de la solicitud de explicación, complementación o enmienda se llegue a pretender modificar el decisorio de fondo.
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