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TSJReiteradora

AS/1121/2018-RI

Tribunal Supremo de Justicia
6 de noviembre de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Compulsa / Ilegal

En autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación a los recursos de apelación presentados por la parte demandada (Presidente del Concejo y Alcalde Municipal de Puerto Quijarro respectivamente) contra la Sentencia que declaró probada la demanda ordinaria de reivindicación, desocupación ...

Proceso
RECURSO DE CASACION/ORDINARIO/REIVINDICACIÓN Y OTROS
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1121/2018-RI

Sucre: 06 de noviembre de 2018

Expediente: SC-140-18-S

Partes: Elizabeth Lozada Quinteros c/ Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro representado por Ybar Antelo Dorado

Proceso: Reivindicación y otros

Distrito: santa cruz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 192 a 200, presentado por Elizabeth Lozada Quinteros, impugnando el Auto de Vista Nº 089/2018 pronunciado el 22 de junio, por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 186 a 187 vta.) en el proceso ordinario de reivindicación y otros, seguido por la recurrente contra el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro, la respuesta de fs. 204 a 206, el Auto de concesión de 3 de octubre de 2018 cursante a fs. 207; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Elizabeth Lozada Quinteros representada por Carlos Enrique Badani Zegarra demandó al Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro representado por Ybar Antelo Dorado (fs. 20 a 21 vta.), por acción reivindicatoria y otros, tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia de 16 de marzo de 2017 (fs. 151 a 156) que declaró PROBADA la demanda ordinaria de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble e IMPROBADA la demanda accesoria de daños y perjuicios.

2. El 22 de junio de 2018, el Auto de Vista (fs.186 a 187 vta.) pronunciado por

la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, REVOCÓ la Sentencia Nº 4 de 16 de marzo de 2017, dictada por el Juzgado Público y Civil y de Partido del Trabajo Nº 1 de Puerto Suarez. Deliberando en el fondo declaró IMPROBADA la demanda de reivindicación interpuesta contra el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro.

3. Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por Elizabeth Lozada quinteros, mediante el memorial de fs. 192 a 200, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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PLAZO Y CÓMPUTO DE LA PRESENTACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN/El recurso de casacion se interpondrá en todos los casos, dentro del plazo de diez días computables a partir de la notificación con el auto de vista.

Datos del proceso

Demandante
Elizabeth Lozada Quinteros
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro representado por Ybar Antelo Dorado
Proceso
RECURSO DE CASACION/ORDINARIO/REIVINDICACIÓN Y OTROS
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina

Precedente

Auto Supremo N° 124/2017 estableció que: “El art. 273 (Plazo) del Código Procesal Civil, al referirse al plazo de la interposición del recurso de casación señala: “El recurso se interpondrá en todos los casos, dentro del plazo de diez días computables a partir de la notificación con el auto de vista”. (…) Como se podrá advertir, para los plazos procesales menores a 15 días donde se halla comprendido la interposición del recurso de casación, la referida Ley prolonga en términos de tiempo computando únicamente los días hábiles cuyo vencimiento además se establece el último momento hábil del horario de trabajo en los respectivos juzgados y tribunales, lo que da mayores posibilidades a las partes litigantes a interponer sus recursos otorgándoles mayor tiempo”.

Tribunal Supremo de Justicia6 de noviembre de 2018AS/1121/2018-RIFuente oficial