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TSJ

AS/1126/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
14 de noviembre de 2023Civil
Proceso
SC-109-23-S
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1126/2023-RA

Fecha: 14 de noviembre de 2023

Expediente: SC-109-23-S.

Partes: Saúl Ulises, Silfide Janet, Ondina todos Velásquez Portillo y Julia Portillo Barja c/ Edwin Jhonson Rojas Galves.

Proceso: Pago de mejoras.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 529 a 536 vta., interpuesto por Edwin Jhonson Rojas Galves, contra el Auto de Vista N° 207/2023 de 16 de junio, corriente de fs. 525 a 527 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de pago de mejoras, seguido por Saúl Ulises, Silfide Janet, Ondina todos Velásquez Portillo y Julia Portillo Barja contra el recurrente; la contestación de fs. 542 a 544 vta.; el Auto de concesión N° 70/2023 de 16 de octubre, visible a fs. 545, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO.

1. Saúl Ulises, Silfide Janet, Ondina todos Velásquez Portillo y Julia Portillo Barja, según escrito de fs. 282 a 285 vta., y ratificado por memorial de fs. 303 a 306, iniciaron proceso ordinario de pago de mejoras contra Edwin Jhonson Rojas Galvez, quien una vez citado, se apersonó y contestó negativamente a la demanda, mediante memorial de fs. 319 a 323 vta.; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 13/2023 de 26 de enero, corriente de fs. 496 a 499, en la que la Juez Público Civil y Comercial 21º de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra declaró PROBADA la demanda principal de pago de mejoras.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Edwin Jhonson Rojas Galves, según memorial de fs. 504 a 510 vta.; dio lugar a que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 207/2023 de 16 de junio, corriente de fs. 525 a 527 vta., que CONFIRMÓ el Auto de 06 de junio de 2022 y la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Edwin Jhonson Rojas Galves, por escrito de fs. 529 a 536 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439, corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada norma.

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Datos del proceso

Demandante
Saúl Ulises, Silfide Janet, Ondina todos Velásquez Portillo y Julia Portillo Barja
Demandado
Edwin Jhonson Rojas Galves
Proceso
SC-109-23-S
Tribunal Supremo de Justicia14 de noviembre de 2023AS/1126/2023-RAFuente oficial