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TSJ

AS/1136/2015

Tribunal Supremo de Justicia
8 de diciembre de 2015CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Divorcio.
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1136/2015 - L

Sucre: 08 de diciembre 2015

Expediente: B-34-11-S

Partes: Elmina Martínez Subirana. c/ Oscar José Daguer Asbun.

Proceso: Divorcio.

Distrito: Beni.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 66 a 67 de obrados, interpuesto por Oscar José Daguer Asbun, contra el Auto de Vista Nº 172/11 de 04 de noviembre de 2011, cursante a fs. 62 y vta., pronunciado por la Sala Civil de la entonces Corte Superior de Justicia del Beni (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Divorcio seguido por Elmina Martínez Subirana contra Oscar José Daguer Asbun, la concesión de fs. 70, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez de Partido Mixto de Riberalta – Beni, mediante Sentencia Nº 136/2011 de 13 de agosto, cursante de fs. 46 a 47, declaró: PROBADA la demanda de divorcio. En consecuencia disuelto el vínculo conyugal que unía a Elmina Martínez Subirana y Oscar José Daguer Asbun. Se otorga la guarda de Diana y Oscar a favor de la madre estableciéndose la asistencia familiar de Bs. 300.- mensuales para cada uno con cargo al padre. Al no haberse demostrado la existencia ni inexistencia de bienes gananciales, no se determina nada al respecto.

Deducida la apelación por el demandado y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil de la entonces Corte Superior de Justicia del Beni (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº 172/11, confirmo la Sentencia Apelada.

En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el demandado interpuso recurso de casación, mismo que se pasa a analizar.

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Criterio

"... el apersonamiento del ahora recurrente (fs. 42 a 43) en el proceso, donde el mismo se limitó a cuestionar la fijación de la Asistencia familiar a favor de sus hijos y la supuesta vulneración al derecho a la defensa, sin tener en cuenta que el mismo tenía la Segunda instancia (art. 232 del CPC) para producir la prueba que destruya la pretensión de la actora, o acreditar lo referente a los bienes gananciales y negocios que el mismo relaciona con la fijación de la asistencia familiar; no siendo evidente que el Tribunal de Alzada no se haya pronunciado sobre el recurso de apelación de fs. 50 a 51, o se le haya vulnerado el derecho a la defensa".

Datos del proceso

Demandante
Elmina Martínez Subirana.
Demandado
Oscar José Daguer Asbun.
Proceso
Divorcio.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Apelación / Resolución / Principio de congruencia / No vulneración
Tribunal Supremo de Justicia8 de diciembre de 2015AS/1136/2015Fuente oficial