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TSJ

AS/1151/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
17 de noviembre de 2023Civil
Proceso
Reconocimiento de deuda, constitución en mora más daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1151/2023-RA

Fecha: 17 de noviembre de 2023

Expediente: SC-111-23-S.

Partes: Monroy & Arauz Abogados Sociedad Civil c/ Empresa Operaciones del Pacífico Ltda.

Proceso: Reconocimiento de deuda, constitución en mora más daños y perjuicios.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 255 a 258 vta., interpuesto por la empresa Operaciones del Pacífico Ltda., representada por Luisa Vargas Callizaya, contra el Auto de Vista N° 76/2023, de 13 de julio, visible de fs. 234 a 238, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de reconocimiento de deuda, constitución en mora más daños y perjuicios, seguido por Monroy & Arauz Abogados Sociedad Civil representado por Marianela Vargas Vasquez contra la empresa recurrente; la contestación corriente de fs. 262 a 267 vta.; el Auto de concesión N° 120/2023, de 03 de noviembre, obrante a fs. 268, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Monroy & Arauz Abogados Sociedad Civil representado por Marianela Vargas Vasquez por memorial que discurre de fs. 58 a 63, y complementado de fs. 111 a 112 vta., promovió el proceso ordinario de reconocimiento de deuda, constitución en mora más daños y perjuicios en contra de la Empresa Operaciones del Pacífico Ltda.; quien una vez citada, al no haber respondido, mediante el Auto de 14 de octubre de 2022, se la declaró en rebeldía; posteriormente, por escrito que discurre de fs. 176 a 180, se apersonó y contestó a la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 17 de noviembre de 2022, saliente de fs. 185 a 190, en la que la Juez Público, Civil y Comercial 6° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA la demanda de reconocimiento de deuda y constitución de mora, ordenándose el pago de las facturas Nº 14, 15, 16, 26, 25 que ascienden a la suma de Bs. 243.600,00 y sea este al tercer día de ejecutoriada la Sentencia; asimismo, declaró IMPROBADA la demanda de reconocimiento de daños y perjuicios porque la misma no ha sido desarrollada ni probada dentro de la causa, sea sin costas ni costos.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por la Empresa Operaciones del Pacífico Ltda., mediante memorial cursante de fs. 194 a 197, originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 76/2023, de 13 de julio, visible de fs. 234 a 238, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada, con costos y costas a la parte apelante.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la Empresa Operaciones del Pacífico Ltda. representada por Luisa Vargas Callizaya, según escrito visible de fs. 255 a 258 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

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Datos del proceso

Demandante
Monroy & Arauz Abogados Sociedad Civil
Demandado
Empresa Operaciones del Pacífico Ltda.
Proceso
Reconocimiento de deuda, constitución en mora más daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia17 de noviembre de 2023AS/1151/2023-RAFuente oficial