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TSJ

AS/1152/2016

Tribunal Supremo de Justicia
6 de octubre de 2016CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Reivindicación, acción negatoria, desocupación y entrega de inmueble, resarcimiento de daños y perjuicios.
Sala
Civil
Año
2016

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1152/2016

Sucre: 06 de octubre 2016

Expediente: SC-175-15-S

Partes: IMDECO IMPORT EXPORT S.R.L. representada por Alfonzo Espoz Bezerra c/ Arminda Barrientos y Rubén Rondano Esquia.

Proceso: Reivindicación, acción negatoria, desocupación y entrega de inmueble, resarcimiento de daños y perjuicios.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 221 a 222 de obrados interpuesto por Rubén Rondano Esquia contra el Auto de Vista Nº 06/2015, de fecha 27 de agosto de 2015, pronunciado por la Sala Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de Reivindicación, acción negatoria, desocupación, entrega de inmueble y resarcimiento de daños y perjuicios, la respuesta al recurso de fs. 224 a 226 vta., la concesión del recurso de fs. 229, los antecedentes del proceso; y:

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

Tramitado el proceso, el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial de la Santa Cruz, pronuncio Sentencia No 39/2015, de fecha 25 de mayo de 2015, cursante de fs. 177 a 179, por la que declaró PROBADA la demanda reivindicatoria, entrega de inmueble, acción negatoria y resarcimiento de daños y perjuicios. Se ordena a la parte demandada entregar el bien inmueble objeto de la Litis, completamente desocupado, libre de mejoras y sea a tercero día de la ejecutoria de la presente Sentencia, bajo prevenciones de lanzamiento, los daños y perjuicios en ejecución de Sentencia, con costas.

Contra esta resolución el demandado Rubén Rondano Esquia interpuso recurso de apelación cursante de fs. 188 a 189 vta. en cuyo mérito la Sala Civil, Comercial, Familia Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció Auto de Vista Nº 06/2015, de fecha 27 de agosto de 2015, por el cual confirmó la Sentencia de fecha 25 de mayo de 2015, cursante de fs. 177 a 179 igualmente el Auto de fecha 2 de diciembre de 2014, de fs. 79 de obrados, Con costas.

Contra la Resolución de Alzada el recurrente interpuso complementación y enmienda el mismo que no ha lugar por Auto de fecha 8 de septiembre de 2015. Asimismo interpuso recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista y su complementario, cursante de fs. 221 a 222 de obrados, el cual se analiza:

II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACION:

El recurrente trae como único agravio la violación del art. 29 núm. 5), 72, 165 y 1237 del Código de Comercio al no tomar en cuenta la falta de registro de comercio del poder del representante de la empresa demandante que acompaño a su demanda (excepción planteada por el recurrente por falta de personería en el representante de IMDECO IMPORT-EXPORT S.R.L., razón por la que no contaba con la legitimación activa para representar a su empresa.

De la Respuesta al Recurso de Casación.-

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Criterio

"... de acuerdo a los antecedentes expuestos, se evidencia que la mencionada excepción fue resulta por el Juez A quo declarando improbada y una vez apelada fue concedida en el efecto diferido y conforme la doctrina aplicable en el punto III.1. las resoluciones que resultan apelables en el efecto diferido, en el caso presente una excepción de impersonería declarada improbada, no es susceptible del recurso de casación, la misma que ha sido considerada por el Tribunal de Alzada vía apelación en el efecto diferido conforme lo dispone el art. 24 y 25 de la Ley 1760, siendo claro que la misma no es susceptibles del recurso de casación..."

Datos del proceso

Demandante
IMDECO IMPORT EXPORT S.R.L. representada por Alfonzo Espoz Bezerra
Demandado
Arminda Barrientos y Rubén Rondano Esquia.
Proceso
Reivindicación, acción negatoria, desocupación y entrega de inmueble, resarcimiento de daños y perjuicios.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Resoluciones contra las que no procede
Tribunal Supremo de Justicia6 de octubre de 2016AS/1152/2016Fuente oficial