Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1205
Sucre, 10 de noviembre de 2.006
DISTRITO: Tarija PROCESO: Social.
PARTES: Alberto Paniagua Villalba c/ Empresa "Paula Construcciones".
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 64, interpuesto por Ramiro Vaca Figueroa contra el auto de vista de 4 de mayo de 2005 (fs. 60) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social seguido por Alberto Paniagua Villalba contra la Empresa Paula Construcciones, respuesta de fs. 68, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió la sentencia de 8 de julio de 2004 (fs. 42-43), declarando probada la demanda de fs. 4, con costas, disponiendo que la parte demandada pague la suma de Bs. 15.460,40.- a favor del actor, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, subsidio de frontera y dominicales.
En grado de apelación, por auto de vista de 4 de mayo de 2005 (fs. 60), fue confirmada totalmente la sentencia apelada, con costas.
Este fallo motivó el recurso de casación de fs. 64, expresando el demandado, en breves líneas y sin fundamento alguno, que el tribunal de alzada "revoque" el auto de vista recurrido; petición confusa, toda vez que esta forma de resolución no se contempla en el art. 271 del Cód. Pdto. Civ.
CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ. además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.
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