Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1210/2016-RA
Sucre: 26 de octubre 2016
Expediente: SC-141-16-S
Partes: Daniel Carrasco Limon c/ Jovita Arana Torrez.
Proceso: Ordinario sobre reivindicación, mejor derecho propietario, desocupación
y entrega de inmueble.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: De la revisión de obrados, se establece que la recurrente interpone dos recursos de casación a través de los memoriales de fs. 707 a 709 y vta. y de fs. 711 a 717 vta., respectivamente, siendo que el primero, a petición expresa de la misma recurrente ha sido dejado sin efecto por providencia de fecha 15 de septiembre (fs. 720), sin embargo el Tribunal de Alzada por Auto de fs. 725 de obrados, en vez de conceder el segundo recurso, concede el primero, mismo se reitera, fue dejado sin efecto, se entiende que ha sido un lapsus calami cometido por el Tribunal Ad quem, consiguientemente, velando por el derecho a la justicia pronta, oportuna y sin dilaciones que tienen las partes, que el Estado garantiza por medio de sus órganos de justicia, conforme señala el art. 115.II de la Constitución Política del Estado, dejando a un lado los formalismos y ritualismos procesales, este Tribunal Supremo pasa a considerar el segundo recurso de casación de fs. 711 a 717 vta., interpuesto por Jovita Arana Torrez contra del Auto de Vista Nº 288/2016 de 19 de agosto, cursante de fs. 696 a 700, pronunciado por la Sala Tercera Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre reivindicación, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble seguido por Daniel Carrasco Limon contra la recurrente, la contestación de fs. 722 a 724, el Auto de fs. 725, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
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