Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1234/2018-RI
Fecha: 11 de diciembre 2018
Expediente: SC-156-18-S
Partes: Mirsa Arce Justiniano. c/ Haydee Rodríguez Palma Vda. de Guevara.
Proceso: Reivindicación y otros.
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 716 a 718 vta., interpuesto por Mirsa Arce Justiniano, contra el Auto de Vista Nº 156/2018 de 03 de septiembre, cursante de fs. 661 a 663 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso sobre reivindicación y otros, seguido por la recurrente contra Haydee Rodríguez Palma Vda. de Guevara; la contestación de fs. 724 a 727, el Auto de concesión de fs. 728; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en el memorial de demanda de fs. 3 a 4 vta., subsanada a fs. 9 se inició proceso de reivindicación y otros; acción que fue dirigida contra Haydee Rodríguez Palma Vda. de Guevara que una vez citada con la demanda contestó de forma negativa y reconvino mediante memorial de fs. 11 a 12, y de fs. 248 a 251 vta.; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse Sentencia Nº 199/2018 de 19 de mayo, cursante de fs. 626 a 627, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 10 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra declara PROBADA la demanda reconvencional solo respecto a la usucapión, IMPROBADA la demanda principal por desistida en audiencia, IMPROBADA la demanda reconvencional de nulidad de título, e IMPROBADA la pretensión del tercero interviniente en cuanto a la acción reivindicatoria cursante de fs. 452 a 456.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrido en apelación por Mirsa Arce Justiniano, mediante memorial de fs. 642 a 643; fue resuelto con Auto de Vista Nº 156/2018 de 03 de septiembre, cursante de fs. 661 a 663 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que en su parte dispositiva confirma la Sentencia.
3. Fallo de segunda instancia que fue recurrida en casación por Mirsa Arce Justiniano mediante el memorial de fs. 716 a 718 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación de fs. 716 a 718 vta., interpuesto por Mirsa Arce Justiniano, se desprende que la recurrente expone como reclamos entre otros, lo siguiente:
a) Acusa que se vulneró las formas esenciales del proceso, en sentido que el Tribunal Ad quem, ha pasado por desapercibido el art. 366.I num. 3) y 4) del Código Procesal Civil, ya que el juez de primera instancia omitió pronunciarse sobre el incidente de nulidad por improponibilidad subjetiva de la demanda reconvencional, como tampoco se pronunció sobre la excepción de cosa juzgada, que planteó en su oportunidad.
b) Señala que se hubiera vulnerado el art. 1503 del Código Civil, en sentido que su persona habría presentado oportunamente la demanda de reivindicación al amparo de los arts. 105 y 1453 del compilado sustantivo civil, aspecto que interrumpió la usucapión pretendida por la reconvencionista y que no fue tomado en cuenta a momento de dictarse resolución.
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