Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1243/2024-RA
Fecha: 23 de octubre de 2024
Expediente: CB-99-24-S
Partes: José Guzmán Quiroga representado por Eloy Martin Cari Navarro y Joseph Cari Sanabria c/ Vicenta Ortis Vda. de Gutiérrez y Magaly Zunagua Villca.
Proceso: Cumplimiento de obligación de pago de deuda.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 151 a 155, interpuesto por José Guzmán Quiroga representado por Eloy Martin Cari Navarro y Joseph Cari Sanabria, contra el Auto N° 139/2024, de 12 de agosto, saliente de fs. 146 a 148 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de cumplimiento de obligación de pago de deuda, seguido por José Guzmán Quiroga representado por Eloy Martin Cari Navarro y Joseph Cari Sanabria contra Vicenta Ortis Vda. de Gutiérrez y Magaly Zunagua Villca; la contestación a fs. 158 y vta.; el Auto de concesión de 01 de octubre de 2024, visible a fs. 160, todo lo concerniente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. José Guzmán Quiroga mediante escrito que cursa de fs. 28 a 29 vta., planteó demanda ordinaria de cumplimiento de obligación de pago de deuda, contra Vicenta Ortis Vda. de Gutiérrez y Magaly Zunagua Villca, quienes una vez citadas; mediante memorial saliente de fs. 67 a 68 vta., contestaron de manera negativa a la demanda y opusieron excepciones de falta de legitimación, demanda defectuosamente propuesta, cumplimiento del término o el cumplimiento de la condición u obligación y transacción o conciliación, falta de acción y derecho, causa y motivo para demandar y reconvinieron por extinción de la obligación y de transacción que mereció el Auto de 03 de agosto de 2020, que cursa a fs. 93 a 94 vta., que declaró por desistida la reconvención e improbada las excepciones planteadas; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 47/2020, de 03 de agosto, saliente de fs. 95 a 97, en el que la Juez Público Civil y Comercial 1º de Sacaba-Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por José Guzmán Quiroga, mediante memorial que corre de fs. 105 a 107 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 139/2024, de 12 de agosto, visible de fs. 146 a 148 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por José Guzmán Quiroga, representado por Eloy Martin Cari Navarro y Joseph Cari Sanabria, según escrito visible de fs. 151 a 155, que es objeto de análisis para su admisión.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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