Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1270/2023
Sucre, 25 de septiembre de 2023
Proceso: Chuquisaca 5/2023
I. EXPLICACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN
La solicitud de explicación y complementación interpuesta por Irineo Flores Guzmán y lo que corresponde ver en derecho.
II. FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD
Que el impetrante solicita:
Se explique porqué en el análisis del Auto Supremo 436/2023 de 20 de abril, no indican en qué parte del Auto de Vista está la respuesta extrañada en el primer y segundo motivos de su apelación restringida.
Se complemente la fundamentación respecto del segundo agravio, en razón a que su reclamo vinculado a la prueba MPD2 no podía valorarse las testificales que incluye el informe policial y al igual que los señores vocales, el Auto Supremo no responde ese agravio.
Pide complementar respecto a la edad de las presuntas víctimas, signadas en el tercer agravio, en razón a la relevancia plasmada en su recurso; es decir que es importante definir fechas, porque también está en juego sus derechos como menor de edad que era a momento de los presuntos hechos, haciendo notar que se dice que tenía 17 o 18 años, por lo que no es posible que el Auto Supremo vea con simpleza la diferencia de un año para las presuntas víctimas olvidando que sus derechos también están en discusión respecto de su edad.
III. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE LA PETICION OPUESTA
El art. 125 del Código de Procedimiento Penal, establece la posibilidad a la partes, de solicitar al Juez o Tribunal “explicación, complementación y enmienda” de las sentencias y autos interlocutorios, ampliando la facultad que de oficio otorga la Ley al órgano Jurisdiccional, para “aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y Resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de los mismos”.
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