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TSJ

AS/1303/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
7 de noviembre de 2024Civil
Proceso
Anulabilidad de contrato
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 1303/2024-RA

Fecha: 07 de noviembre de 2024

Expediente: LP-193-24-S

Partes: Empresa PEVIJOR SRL representada por Bernardino Jorge Gonzáles c/ Banco BISA SA y Arturo Sarmiento Ribera.

Proceso: Anulabilidad de contrato.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1591 a 1595 vta., interpuesto por la Empresa PEVIJOR SRL representado por Bernardino Jorge Gonzáles, contra el Auto de Vista Nº 487/2024, de 07 de agosto, visible de fs. 1581 a 1588, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de anulabilidad de contrato, seguido por la empresa recurrente contra el Banco BISA SA y Arturo Sarmiento Ribera; la contestación de fs. 1598 a 1599; el Auto de concesión de 04 de octubre de 2024, visible a fs. 1606, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. La Empresa PEVIJOR SRL representada por Bernardino Jorge Gonzáles por memorial de fs. 142 a 150 vta., subsanado de fs. 160, fs. 168 a 170, fs. 172 a 173 y a fs. 175 vta., planteó demanda ordinaria de anulabilidad de contrato, que por Auto definitivo Nº 512/2018, de 15 de octubre, obrante de fs. 176 a 177, se declaró por no presentada la demanda y por Auto de 02 de julio de 2019, anuló obrados hasta fs. 176, reiteración de a 196, contra el Banco BISA SA representado por Antonio Mauricio Ruiz Rivero, Max Henry Gorena Zambrana y Arturo Sarmiento Ribera; quienes una vez citados, primero la entidad demandada por memoriales visibles a 320 y de fs. 321 a 330 opuso excepciones de incapacidad de la parte demandante e impersonería del apoderado, falta de legitimación o interés legítimo, demanda defectuosa, cosa juzgada y contestó la demanda principal, el segundo por memoriales que cursan de fs. 415 a 421 y de fs. 429 a 435, contestó la demanda; pretensiones que dieron lugar al Auto de 25 de agosto de 2023, que sale de fs. 1368 a 1370 vta., se declaró improbadas las excepciones planteadas; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 108/2024, de 06 de marzo, saliente de fs. 1542 a 1546, en el que el Juez Público Civil y Comercial 9º de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda, con costas y costos.

De igual forma, el Juez de instancia, ante la solicitud de aclaración interpuesta por la Empresa PEVIJOR SRL representado por Bernardino Jorge Gonzáles que cursa de fs. 1549 y vta., emitió el Auto complementario de 08 de marzo de 2024, cursante a fs. 1550, donde dispuso NO HA LUGAR a la solicitud impetrada.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por el Empresa PEVIJOR SRL representado por Bernardino Jorge Gonzáles, mediante memorial que corre de fs. 1556 a 1561, originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 487/2024, de 07 de agosto, visible de fs. 1581 a 1588, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada y su Auto complementario.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la Empresa PEVIJOR SRL representado por Bernardino Jorge Gonzáles, según escrito visible de fs. 1591 a 1595 vta., que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Demandante
Empresa PEVIJOR SRL representada por Bernardino Jorge Gonzáles
Demandado
Banco BISA SA y Arturo Sarmiento Ribera
Proceso
Anulabilidad de contrato
Tribunal Supremo de Justicia7 de noviembre de 2024AS/1303/2024-RAFuente oficial