Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1310/2024-RA
Fecha: 08 de noviembre de 2024
Expediente: SC-121-24-A
Partes: Jorge Adalberto Robles Cuellar c/ Piedades Carreón Méndez y Marioly Justiniano Méndez.
Proceso:Acción negatoria, acción reivindicatoria, desocupación y entrega de bien inmueble.
Distrito:Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 829 a 832 vta., interpuesto por Piedades Carreón Méndez y Marioly Justiniano Méndez, impugnando el Auto de Vista N° 006/2024, de 07 de marzo, cursante de fs. 614 a 619 vta., emitido por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de acción negatoria, acción reivindicatoria, desocupación y entrega de bien inmueble, seguido por Jorge Adalberto Robles Cuellar contra las recurrentes; la contestación de fs. 839 a 843; el Auto de concesión de 11 de octubre de 2024, visible a fs. 844, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Jorge Adalberto Robles Cuellar, mediante memorial de fs. 31 a 34, subsanada a fs. 44, interpuso demanda ordinaria de acción negatoria, acción reivindicatoria, desocupación y entrega de bien inmueble más retiro de construcciones clandestinas, contra Piedades Carreón Méndez y quienes se encuentren ocupando el inmueble, quien una vez citada y emplazada, junto con Marioly Justiniano Méndez, según escrito de fs. 52 a 57 vta., respondieron a la demanda y reconvienen por usucapión decenal; ante la no justificación de la parte demandada a la audiencia preliminar, mediante Auto Definitivo Nº 20/2023, de 22 de febrero, cursante a fs. 554 y vta., dio por desistida la pretensión reconvencional, aplicándose lo previsto por el art. 365.III del Código Procesal Civil.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Piedades Carreón Méndez y Marioly Justiniano Méndez, mediante memorial de fs. 579 a 582; originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 006/2024, de 07 de marzo, corriente de fs. 614 a 619 vta., que CONFIRMÓ el Auto Definitivo apelado, con costas y costos al apelante.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Piedades Carreón Méndez y Marioly Justiniano Méndez, según escrito de fs. 829 a 832 vta., que es objeto de análisis para su admisión.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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