Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/1380/2006

Tribunal Supremo de Justicia
12 de diciembre de 2006Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1380

Sucre, 12 de diciembre de 2.006

DISTRITO: Tarija PROCESO: Social.

PARTES: Gonzalo Flores Morales c/ Empresa "Lyon Power S.R.L."

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 132-134, interpuesto por Luis Hernán Fritz Sandoval, en representación de la Empresa Lyon Power S.R.L., contra el auto de vista de 15 de noviembre de 2005 (fs. 95), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social que sigue Gonzalo Flores Morales contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia de 5 de marzo de 2005 (fs. 73-74), declarando probada la demanda de fs. 9-10 de obrados, con costas, ordenando a la empresa demandada, pague al actor la suma de $us. 3.400,00.-, por concepto de indemnización, desahucio, salarios devengados, vacaciones y aguinaldo.

En grado de apelación, por auto de vista de 15 de noviembre de 2005 (fs. 95), fue confirmada totalmente la sentencia apelada, con costas.

Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de casación en el fondo, haciendo un resumen de los antecedentes procesales, expresando que al haber sido confirmada la sentencia, el tribunal ad quem, no realizó un adecuado análisis de los medios probatorios producidos, lo que es totalmente perjudicial a la empresa que representa, solicitando se case el auto de vista recurrido y la sentencia de primera instancia, declarando fundado el recurso.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debiendo contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Mostrando 11 de 22 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Gonzalo Flores Morales
Demandado
Empresa "Lyon Power S.R.L."
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia12 de diciembre de 2006AS/1380/2006Fuente oficial