Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 7/2017.
FECHA: Sucre, 12 de enero de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 155/2013.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Empresa Molino y Fábrica de Fideos Aurora S.R.L., contra el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual.
VISTOS EN LA SALA PLENA: La demanda contencioso administrativo de fs. 18 a 24, interpuesta por Empresa Molino y Fábrica de Fideos Aurora S.R.L. contra el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI, en la que se impugna la Resolución R.A. Nº DGE/OPO/J-319/2012 de 1 de noviembre de 2012, los antecedentes del proceso, el informe de la Secretaria de Sala Plena, y el informe del Magistrado Tramitador Rómulo Calle Mamani.
CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y el informe evacuado por Secretaría de Sala Plena se evidencia, que admitida la demanda contencioso administrativo por providencia de fs. 46, el demandado se apersono y contesto la demanda en forma negativa, siendo que por providencia de fs. 152 de fecha 10 de abril de 2014, se arrimó la Orden Instruida sin ejecutar para la notificación del tercero interesado, sin registrarse algún otro actuado procesal que accione la prosecución de la demanda hasta la fecha, lo cual implica manifiesto abandono de la acción procesal, que amerita la aplicación de la previsión contenida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil, considerándose la fecha 10 de abril de 2014 el computo de plazo para que opere la extinción por inactividad del proceso.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA LA EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
MAGISTRADO
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