Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 8/2017.
FECHA: Sucre, 12 de enero de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 385/2014.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: José Luís Osorio Téllez contra el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por; José Luis Osorio Téllez impugnando la Resolución Jerárquica R.M. Nº 782/2013 de fecha 18 de diciembre de 2013; los antecedentes procesales, el informe de la Secretaria de Sala Plena Sandra Magaly Mendívil Bejarano, y el informe del Magistrado Tramitador Antonio Guido Campero Segovia.
CONSIDERANDO: Que el último actuado procesal de fs. 99, notificado el 5 de marzo de 2015, en el que se corre traslado al demandado para la dúplica, sin que hasta la fecha haya respuesta. Asimismo de la revisión de los antecedentes se tiene que, por decreto de 20 de mayo de 2014, cursante a fs. 59 de obrados, se admite la demanda y se ordena al demandante a coadyuvar con la notificación al tercero interesado bajo apercibimiento de declararse Extinción por Inactividad, sin que desde esa fecha hubiese instado la prosecución y resolución del proceso, existiendo manifiesta inactividad que amerita la aplicación de la previsión contenida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil declara la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD de la demanda interpuesta por : José Luis Osorio Téllez contra el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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