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TSJ

RE/0010/2023

Tribunal Supremo de Justicia
28 de noviembre de 2023PlenaMag. Maria Cristina Diaz Sosa
Proceso
contencioso
Sala
Plena
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PLENA

Resolución: N° 10/2023

Sucre, 28 de noviembre de 2023

Expediente: 07/2023

Magistrada Tramitadora: María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El memorial de solicitud de aclaración, complementación y enmienda del Auto Supremo N° 90/2023 de 4 de julio, efectuada por la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) representada por Ivanna Daysi Aguilar Villarpando y Julio Muñoz Rossi; dentro del proceso contencioso seguido por la empresa ROYAL S.R.L contra la ABC; los antecedentes del proceso, y;

II.- ARGUMENTOS DE LA ABC:

Mediante memorial de 16 de noviembre de 2023, la ABC solicita la aclaración, complementación y enmienda del Auto Supremo N° 90/2023 de 4 de julio, argumentando lo siguiente:

.- El Auto Supremo 90/2023, carece de entendimiento claro y preciso, puesto que, omite establecer de manera clara la decisión asumida; ratifica In extenso la Sentencia N° 179, que declaró Probada en Parte la demanda, contraviniendo lo establecido en el art. 219.5 del Código Procesal Civil (CPC); no efectúo un análisis conforme los parámetros de la Resolución Constitucional N° 132/2022 de 30 de junio, emitida por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que estableció que, en el Auto Supremo N° 10/2021-RC de 20 de julio, no existió una adecuada valoración probatoria, careciendo de una carga argumentativa suficiente que funde racionalmente su decisión.

2.- El Auto Supremo N° 90/2023 declara infundado el recurso de casación interpuesto por la ABC, sin realizar un escrutinio de todas las pruebas documentales que fueron presentadas por la ABC, lo que significa una vulneración al derecho a la defensa.

3.- Se indica que la ABC se habría limitado a referir de manera general a los antecedentes administrativos como medios probatorios; sin embargo, ello no es evidente, ya que en el recurso de casación en el punto II.ii se hizo un análisis pormenorizado respecto a las causales que dieron lugar a la resolución del contrato, cumpliendo la carga argumentativa; sin embargo, una vez más no se valoró las pruebas presentadas por la ABC, aspecto que meceré aclaración del porque no se cumplió con esa carga argumentativa que debe contener todo fallo judicial.

Petitorio:

Pide se aclare, complemente y enmiende el Auto Supremo N° 90/2023 de 4 de julo.

II. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO.

Considerando que en el presente caso se efectúa la solicitud de aclaración, enmienda y complementación del Auto Supremo N° 90/2023 de 4 de julio, corresponde remitimos al art. 226 del CPC, cuyo artículo dispone:

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Datos del proceso

Demandante
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Demandado
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Proceso
contencioso
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa
Tribunal Supremo de Justicia28 de noviembre de 2023RE/0010/2023Fuente oficial