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TSJ

RE/0018/2018

Tribunal Supremo de Justicia
18 de abril de 2018PlenaMag. Edwin Aguayo Arando
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2018

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Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCIÓN: 18/2018.

FECHA: Sucre, 18 de abril de 2018.

EXPEDIENTE Nº: 942/2014.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Catalina Lizarazu Suárez contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

MAGISTRADO: Edwin Aguayo Arando.

Pronunciada en el proceso contencioso administrativo, seguido por Catalina Lizarazu Suárez, representada por Rubén Carpio Gonzáles, contra la AUTORIDAD GENERAL DE IMPUGNACIÓN TRIBUTARIA, representada por Daney David Valdivia Coria, demandando la revocatoria de la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 0893/2014 de 17 de junio.

VISTOS EN SALA PLENA: El memorial de apersonamiento y solicitud de aclaración y complementación de la Sentencia Nº 589/2017 de 22 de agosto, interpuesto por el demandado la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), representada por Daney David Valdivia Coria, en su condición de Director Ejecutivo de la AGIT, de fs. 470, los plazos y antecedentes procesales.

CONSIDERANDO: Con relación a la petición, efectivamente conforme lo establecido por el art. 196 num. 2) del Código de Procedimiento Civil (CPC), faculta al Juez después de la sentencia, corregir cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial, y suplir cualquier omisión en el que se hubiera incurrido sobre los puntos controvertidos; en el presente caso, la Sentencia Nº 589/2017 de 22 de agosto, cuya corrección o enmienda se solicita, efectivamente incurrió en error al consignar el número de la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 0893/2014 de 17 de junio, en la parte dispositiva, o sea, se consignó el N° 0893/2013 cuando lo correcto era consignar el N° 0893/2014; consiguientemente, siendo evidente la observación efectuada por la parte demandante y con la finalidad de garantizar los principios de seguridad jurídica y debido proceso, corresponde enmendar el error identificado.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, declara HA LUGAR la solicitud de enmienda presentada por la autoridad demandada, corrigiendo en la parte dispositiva de la Sentencia N° 589/2017 de 22 de agosto, el error material en el número de Resolución de Resolución Jerárquica AGIT-RJ 0893/2013, por el de AGIT-RJ 0893/2014.

Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este tribunal por la autoridad demandada.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo. José Antonio Revilla Martínez

PRESIDENTE

Fdo. María Cristina Díaz Sosa

DECANA

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Datos del proceso

Demandante
Catalina Lizarazu Suárez
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Edwin Aguayo Arando
Tribunal Supremo de Justicia18 de abril de 2018RE/0018/2018Fuente oficial