Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 22/2017.
FECHA: Sucre, 12 de enero de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 737/2014.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: PETROBRAS BOLIVIA S.A. contra el Ministerio de Medio Ambiente y Agua.
VISTOS EN LA SALA PLENA: La demanda contencioso administrativo de fs. 42 AL 55, interpuesta por REDES Y SERVICIOS INTEGRADOS S.A. contra AGIT, en la que se impugna la Resolución AGIT - RJ 1384/2014 de 29 de septiembre, los antecedentes del proceso, el informe de la Secretaria de Sala Plena, y el informe del Magistrado Rómulo Calle Mamani.
CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y el informe evacuado por secretaria de Sala Plena se evidencia, que presentada la demanda contencioso administrativo por providencia de fs. 57, se ordenó a la parte demandante a coadyuvar en la notificación al demandado y al tercero interesado, que pese de haber recogido las provisiones citatorias para la citación y notificación de los mismos en fecha 4 de marzo de 2015, hasta la fecha no se registra que haya cumplido con su cometido, ni otro actuado procesal que accione la prosecución de la demanda hasta, lo cual implica manifiesto abandono de la acción procesal, que amerita la aplicación de la previsión contenida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA LA EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
MAGISTRADO
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