Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 32/2017.
FECHA: Sucre, 12 de enero de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 443/2014.
PROCESO : Contencioso Administrativo.
PARTES: Administración de Aduana Interior Cochabamba dependiente de la Gerencia Regional Cochabamba de la Aduana Nacional de Bolivia contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN LA SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Administración de Aduana Interior Cochabamba contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, impugnando la Resolución Jerárquica AGIT – RJ 0295/2014 de 27 de febrero de 2013; los antecedentes procesales y el Informe de Secretaría de Sala Plena y el informe del Magistrado Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
CONSIDERANDO: Que mediante providencia de 18 de febrero de 2015 cursante a fs. 51, se tuvo por renunciado el derecho a la réplica, debiendo reservándose el decreto de Autos para Sentencia hasta la devolución de la orden instruida debidamente diligenciada, a fin de poner en conocimiento de la Agencia Despachante de Aduana (ADA) SLAS Y CIA en calidad de tercero, la existencia del presente proceso; en consecuencia, con dicha providencia fue notificada Lilet Silvana García Molina el 23 de febrero de 2015 en representación de la Administración de Aduana Interior Cochabamba; sin que hasta la fecha la parte demandante haya cumplido con la diligencia dispuesta.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en la Disposición Transitoria Decima del Código Procesal Civil declara la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD de la demanda interpuesta por la Administración de Aduana Interior Cochabamba contra Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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