Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 41/2018.
FECHA: Sucre, 20 de junio de 2018.
EXPEDIENTE Nº: 27/2017.
PROCESO: Homologación de Sentencia.
PARTES: Antoni Garriga Barbal contra Yubi Beatriz Asport Franco.
MAGISTRADA TRAMITADORA: María Cristina Díaz Sosa.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud presentada Mirtha Elizabeth Alarcon del Río en representación de Antoni Garriga Barbal, el Informe Nº 22/2018-SCTRIA-SP-TSJ-INV emitido por Secretaría de Sala Plena y todo lo que convino considerar.
CONSIDERANDO: Que, por providencia de fecha 28 de noviembre de 2017 (fs. 21), se ordena a la parte solicitante, que cumpla con lo dispuesto por el numeral 3 parágrafo II del artículo 505 del Código Procesal Civil, referido a la certificación que acredite la ejecutoria de la Sentencia que se pretende homologar, otorgándosele el plazo de 45 días, computables desde su legal notificación, siendo notificado en fecha 4 de enero de 2018.
Que, el artículo 133.I del Código de Procesal Civil determina que cuando la demanda no se ajusta a las reglas establecidas podrá el juez ordenar de oficio se subsanen los defectos dentro del plazo prudencial que fije y bajo apercibimiento de que sí no se subsanaren se la tendrá por no presentada.
Que, en el presente caso, el interesado no ha presentado dentro del término de 45 días otorgado por el Tribunal Supremo de Justicia lo observado por providencia de fecha 28 de noviembre de 2017 y que, en el presente caso de autos, ha operado la sanción prevista en el artículo 133.I del Código de Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad al artículo 133.I del Código de Procesal Civil declara POR NO PRESENTADA la solicitud de Homologación de Sentencia impetrada Mirtha Elizabeth Alarcon del Río en representación de Antoni Garriga Barbal, correspondiendo procederse al archivo de obrados, previo desglose de la documental en original, debiendo que quedar en su lugar fotocopias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. José Antonio Revilla Martínez
PRESIDENTE
Fdo. María Cristina Díaz Sosa
DECANA
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