Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 52/2017.
FECHA: Sucre, 18 de enero de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 453/2013.
PROCESO : Contencioso Administrativo.
PARTES: Cervecería Boliviana Nacional S.A. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Antonio Guido Campero Segovia.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por; Cervecería Boliviana Nacional S.A. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria impugnando la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 0378/2013 de 1 de abril de 2013; los antecedentes procesales y el informe de la Secretaria de Sala Plena Dra. Sandra M. Mendivil Bejarano.
CONSIDERANDO: Que por decreto de 11 de febrero de 2014 a fs. 339, se dispone que previo a dictar decreto de autos para sentencia el demandante deberá señalar el domicilio del tercero interesado como se tiene dispuesto en providencia de fs. 304 de obrados, en consecuencia con dicha providencia fue notificado el 18 de febrero de 2014 a fs. 340 de obrados, Jorge Antonio Zamora Tardio en representación de la Cervecería Boliviana Nacional S.A.; sin que hasta la fecha el sujeto procesal haya instado la prosecución y resolución del proceso.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en la Disposición Transitoria Décima Del Código Procesal Civil declara la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD de la demanda interpuesta por Cervecería Boliviana Nacional S.A. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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