Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 57/2018.
FECHA: Sucre, 20 de junio de 2018.
EXPEDIENTE Nº: 12/2018.
PROCESO: Homologación de Sentencia.
PARTES: Pamela Jorge Pacheco contra José Luis Díaz Ghio.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Juan Carlos Berrios Albizu.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud presentada por María René Camacho Robles en representación de Pamela Jorge Pacheco contra José Luis Díaz Ghio, el Informe Nº 26/2018-SCTRIA-SP-TSJ-IP emitido por Secretaría de Sala Plena y todo lo que convino considerar.
CONSIDERANDO I: Que, por providencia de fecha 15 de marzo de 2018 (fs. 16), se otorga el plazo de 50 días a efecto de que acredite su personería con los requisitos mínimos de especificidad para comparecer en el presente proceso de conformidad a lo previsto en los artículos 811.I y 835 del Código Civil, y adjunte certificación franqueada por autoridad competente que acredite la ejecutoria de la Sentencia que se pretende homologar, en aplicación del artículo 505 parágrafo II numeral 3 del Código Procesal Civil, notificado en fecha 29 de marzo de 2018 (fs. 17)
Que, el artículo 133.I del Código de Procesal Civil determina, que cuando la demanda no se ajusta a las reglas establecidas podrá el juez ordenar de oficio se subsanen los defectos dentro del plazo prudencial que fije y bajo apercibimiento de que sí no se subsanaren se la tendrá por no presentada.
Que, en el presente caso, el interesado no ha presentado dentro del término de 50 días otorgado por el Tribunal Supremo de Justicia lo observado por providencia de fecha 15 de marzo de 2018 (fs. 16) y que, en el presente caso de autos, ha operado la sanción prevista en el artículo 133.I del Código de Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad al artículo 133.I del Código de Procesal Civil declara POR NO PRESENTADA la solicitud de Homologación de Sentencia impetrada por María René Camacho Robles en representación de Pamela Jorge Pacheco, debiendo procederse al archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. José Antonio Revilla Martínez
PRESIDENTE
Fdo. María Cristina Díaz Sosa
DECANA
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